Cámara de Diputados: Resultado Trabajo Legislativo Cámara Jueves 3 enero

4 enero, 2019

Trabajo de la Cámara de Diputados

Jueves 03 de enero

 

 

Sesión de Sala

 

Lactancia materna

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que establece medidas para garantizar a las mujeres la libertad de amamantar sin discriminación y como un derecho de la niñez el acceso a la lactancia materna (boletín 9303).

La propuesta, ratificada en general por 125 votos a favor y dos en contra, en tanto que las normas de quórum especial fueron aprobadas por la unanimidad de 132 votos favorables, señala que la lactancia materna podrá realizarse conforme sea el interés superior del lactante, con el apoyo y colaboración del padre cuando fuese posible, sin que pueda imponérseles condiciones o requisitos que exijan ocultar el amamantamiento, o restringirlo.

Los recintos, en ningún caso, podrán imponer cobros a las mujeres que deseen ejercer libremente el derecho a amamantar. El uso de salas especiales de amamantamiento existentes al interior de algún recinto será siempre voluntario para las madres. Dichas salas deberán presentar condiciones adecuadas de higiene, comodidad y seguridad.

Todas estas garantías se extienden también a la extracción y almacenamiento de leche materna. Las madres trabajadoras ejercerán este derecho de conformidad a lo establecido en el Código del Trabajo (art. 206) y el empleador deberá otorgar las facilidades a la madre para sacarse y conservar adecuadamente su leche.

Texto fue derivado al Senado para su segundo trámite.

 

Trabajadores independientes

Sala aprobó el proyecto (boletín 12002) que modifica normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de protección social, texto que fue remitido al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República.

La propuesta establece que la renta imponible para estos trabajadores será anual y corresponderá al 80% del conjunto de rentas brutas gravadas por la Ley sobre Impuesto a la Renta para los honorarios, obtenida por el afiliado independiente en el año calendario anterior a la declaración de dicho impuesto, la que no podrá ser inferior a cuatro ingresos mínimos mensuales, ni superior al producto de multiplicar doce por 60UF (límite máximo imponible fijado en el artículo 16).

Lo dispuesto se aplicará a los socios de sociedades profesionales que tributen como honorarios, quienes estarán obligados a cotizar de acuerdo a estas disposiciones.

Si un trabajador percibe simultáneamente distintas rentas, estas se sumarán para los efectos de aplicar el límite máximo anual establecido, de acuerdo a lo que determine una norma de carácter general de la Superintendencia. En el evento que las cotizaciones previsionales superen el monto que debe enterarse de acuerdo al límite máximo imponible, se procederá a la reliquidación de las mismas por parte de las respectivas instituciones previsionales, las que estarán obligadas a devolver los excesos de cotización al trabajador independiente.

 

Comisiones que sesionaron

 

Comisión de Vivienda

Aprobó y despachó el proyecto de ley que establece sanciones a quienes impidan el acceso a playas de mar, ríos y lagos (boletín N°12.333).

 

Comisión Caso Harex 

Recibió oficio de la Policía de Investigaciones, por el cual informa que los funcionarios citados por la Comisión, han dejado pendiente su asistencia por cuanto tienen el deber de reserva de los antecedentes de la causa, toda vez que ésta se encuentra en etapa de sumario y con tramitación reservada. Sin embargo, hacen presente que pueden concurrir, si la Comisión lo estima, a una sesión secreta.

Comisión de Ética

Revisó antecedentes de requerimientos presentados.

 

Más información en www.camara.cl 

 

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