Infraestructura Crítica: aprueban reforma que permite resguardo de las FF.AA

9 junio, 2022

La Comisión Mixta que se constituyó para zanjar las diferencias en torno al proyecto, aprobó por amplia mayoría una nueva atribución para el Presidente de la República.

Un contundente y transversal apoyo tuvo el proyecto sobre infraestructura pública que fue aprobado con el voto mayoritario y solo una abstención por parte de los integrantes de la Comisión Mixta que se constituyó para zanjar las discrepancias en torno a la iniciativa.

De este modo, el proyecto quedó en condiciones de votarse en las Salas del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados, lo que podría ocurrir a partir de la próxima semana.

En lo fundamental, se trata de establecer una nueva atribución que permite al Presidente de la República requerir de las Fuerzas Armadas para la vigilancia y resguardo de aquella infraestructura crítica o esencial para el funcionamiento del país.

Así lo explicó el presidente de la Comisión Mixta, senador Matías Walker, tras explicar que este nuevo instrumento «va a permitir a cualquier Presidente de la República requerir de las Fuerzas Armadas la vigilancia y el resguardo de aquella infraestructura que tiene que ver con los servicios básicos de la población, con la salud, con las telecomunicaciones, con las vías esenciales, con que el país pueda funcionar con normalidad, sin que las Fuerzas Armadas asuman labores de resguardo del orden público o de policía».

Precisó que «este no es un proyecto para la macrozona sur» sino que para aplicarlo en todo el territorio nacional.

Asimismo, explicó que el proyecto tiene «todos los mecanismos de control y los contrapesos, porque se obliga al Presidente de la República  a informar dentro de un plazo de 5 días…eso es resguardo suficiente de que esto nunca debiera prestarse para alguna arbitrariedad».

El senador Walker indicó que se optó por una definición amplia para lo que se entenderá por infraestructura crítica.

«Toda aquella infraestructura que dice relación con servicios básicos para la población, por supuesto los lugares de acopio de alimentos se consideran dentro de aquella infraestructura que es susceptible de ser resguardada por las Fuerzas Armadas porque tienen que ver con servicios básicos para la población», dijo.

Agregó que «la alimentación, la movilización, las telecomunicaciones, los terminales portuarios, el metro, los trenes, toda aquella infraestructura de servicios de utilidad pública así como los servicios de asistencia sanitaria y de salud. Dejamos una definición amplia porque confiamos en el criterio del Presidente de la República para requerir de las Fuerzas Armadas y que asuma la labor preventiva».

Precisó que si el Presidente de la República, cualquiera que sea, no cumple con el mandato constitucional, es susceptible de una acusación constitucional. «Por eso que este mecanismo está sujeto a un contrapeso y a un mecanismo de control y tan pronto el Presidente decreta la posibilidad que las Fuerzas Armadas puedan resguardar infraestructura crítica debe informar al Congreso Nacional»

Por su parte, la senadora Carmen Gloria Aravena -quien es autora del proyecto junto al senador Kenneth Pugh- valoró la aprobación de la iniciativa.

«Esto va a permitir un instrumento que no es un estado de excepción sino que una atribución que se está entregando al Presidente para poder utilizar los militares en el cuidado de la infraestructura crítica que es muy amplia, desde trenes, hidroeléctricas, hospitales, carreteras, etc…es una muy buena herramienta, moderna, que la usan todos los países desarrollados y que hoy día permiten menos discusión que esta situación de estado de excepción».

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