Senado emite declaración sobre seguros que rigen para la corporación

7 agosto, 2017

Frente a las informaciones relativas a los seguros que rigen para el Senado de la República se hace necesario precisar lo siguiente:

  1. a)Todas las contrataciones de seguros y sus pólizas respectivas se realizan por licitación pública, y, través de Mercado Público desde 2009 a la fecha. Dicha información siempre ha estado disponible al público en el portal de transparencia senado.cl.
  2. b)Es también necesario recordar que la experiencia de la función parlamentaria ha influido al momento de licitar públicamente estos seguros, considerando no solo las variables generales que se consultan en estos casos -edad, enfermedades, ocupación, etc.-, sino también traumáticas experiencias vividas, tales como el asesinato del senador Jaime Guzmán y graves accidentes de tránsito donde resultaron afectados el ex senador Mario Ríos Santander y el actual senador Guido Girardi, entre otros hechos.
  3. c)La función de un senador no es homologable al Código del Trabajo, por lo que la licitación de estos seguros apunta a resolver situaciones que tienen que ver con accidentes laborales y de trayecto, frente a los cuales la Ley 16.744 no es clara respecto de los parlamentarios.
  4. d)En esa línea y, según establece la Constitución, los parlamentarios se homologan a la función que ejercen los ministros de Estado, quienes sí cuentan con bienes y vehículos fiscales, lo que no ocurre en el caso de los senadores.
  5. e)En informaciones de prensa se suman además las primas que se pagan por concepto de obras de arte, pinturas, esculturas y otros bienes patrimoniales y culturales que se han construido a lo largo de dos siglos a través incluso, de donaciones personales que han realizado ex senadores desde el siglo XIX. Es por lo tanto, un deber y una responsabilidad resguardar efectivamente este acervo cultural, frente a eventos como sismos, incendios, robos y/o actos vandálicos.   
Síguenos en Twitter