6° TOP de Santiago condena a autores de los delitos de incendio tentado y daños en estación La Granja del Metro

7 abril, 2021

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy –martes 6 de abril– a Omar Enrique Jerez Meza a la pena 800 días de presidio, en calidad de autor del delito tentado de incendio; y a Jeremy Álex Ramírez Bravo a 540 días de presidio,  como autor del delito consumado de daños. Ilícitos perpetrados en octubre de 2019, al interior de la estación La Granja de la Línea 4A del Metro.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy –martes 6 de abril– a Omar Enrique Jerez Meza a la pena 800 días de presidio, en calidad de autor del delito tentado de incendio; y a Jeremy Álex Ramírez Bravo a 540 días de presidio,  como autor del delito consumado de daños. Ilícitos perpetrados en octubre de 2019, al interior de la estación La Granja de la Línea 4A del Metro.

En fallo unánime (causa rol 8-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Renato Pinilla Garrido (presidente), Marcia Fuentes Castro (redactora) y Karen Garrido Saldías– aplicó, además, a Jerez Meza y Ramírez Bravo la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas.

Por reunir los sentenciados los requisitos contenidos en el artículo 4° de la Ley Nº18.216, el tribunal sustituyó el cumplimiento efectivo de la privación de libertad, por la remisión condicional de las penas, quedando sujetos Jerez Meza y Ramírez Bravo a la vigilancia de Gendarmería por el mismo término de cada condena.

En el aspecto civil, el tribunal rechazó la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por la querellante Empresa de Transporte de Pasajeros Metro SA, en contra de los sentenciados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 23.30 horas del 18 de octubre de 2019, » Jerez Meza ingresó a la Estación de Ferrocarril Metropolitano de Santiago perteneciente a la empresa de Transporte de Pasajeros ‘Metro Sociedad Anónima’, de nombre ‘La Granja’, ubicada en la intersección de avenida Américo Vespucio Sur y Avenida Coronel de la comuna de La Granja, lugar en el que tomó una silla y la arrojó a los andenes, y luego, agitó reiteradamente un pedestal o letrero sin sacarlo de su lugar. Ulteriormente, en la oficina destinada a la administración, de estructura similar a la boletería u oficina de recarga de tarjetas BIP, encendió un objeto inflamable y lo arrojó a dicha dependencia, con el propósito de generar un incendio, lo que no consiguió».

En tanto, con relación a Ramírez Bravo, el tribunal dio por acreditado que en similares condiciones, día y hora, ingresó a la estación junto a un grupo de sujetos no identificados, «ocasionando destrozos y desmanes en dicha estación. Por su parte, Ramírez Bravo, rompió los vidrios de la oficina o centro de carga de tarjetas de prepago del transporte de nombre ‘BIP’, dependencia en la que terceros no identificados provocaron un incendio que se encontraba en desarrollo en ese momento».

Ver fallo (PDF)

 

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