Autoridades ambientales fiscalizan Centros de Acopio de leña en zona rural de la RM

5 junio, 2020
  • Inserto en el Plan Operacional de la Gestión de Episodios Críticos que rige en invierno en la Región Metropolitana, SMA y CONAF RM -junto a otras autoridades regionales- fiscalizaron los Centros de Acopio de leña de la Provincia de Talagante como punto de partida a todos los recorridos que se realizarán en Santiago.

    En la Provincia de Talagante se dio inicio a la temporada 2020 de fiscalización a Centros de Acopio de leña, ya que toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo a un Plan de Manejo aprobado por CONAF según el artículo 5° de la Ley 20.283, además de cumplir con la normativa de humedad dispuesta por la autoridad ambiental, especialmente en el periodo de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA).

    Las fiscalizaciones -que fueron encabezadas por el Superintendente del Medio Ambiente, el Seremi de Agricultura de la RM, la Directora CONAF RM- junto a efectivos de Carabineros de Chile y CONAF, busca promover la coordinación gubernamental entre los distintos servicios e instituciones con competencia fiscalizadora para proteger los ecosistemas asociados al bosque. Durante el recorrido se verificó en los centros de acopio la presencia de madera nativa, a través de las Guías de Tránsito como requisito indispensable; al igual que la inspección -por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente- que la leña no superara un 25 % de humedad.

    En esta primera inspección sectorial se levantaron solo actas donde los propietarios se comprometieron a regularizar todas la documentación pendiente, pero en caso de no cumplan se podrán aplicar multas tributarias según la infracción.

    Al respecto, la Directora CONAF RM, Jessica Schenk, señaló que “el Artículo 58 de la normativa indica que las personas naturales o jurídicas que participen en cualquier etapa del proceso de explotación del bosque nativo, incluyendo el transporte amparado en guías de libre tránsito, deberán acreditar, a requerimiento de nosotros como Corporación que protege a los productos primarios de nuestros bosques nativos, una corta autorizada que asegure la recuperación del mismo”.

    Por su parte, el Seremi de Agricultura RM, José Pedro Guilisasti, indicó: “el contexto de la pandemia nos obliga a ser muy rigurosos en las fiscalizaciones, es por eso que estamos con la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), con CONAF RM y Carabineros de Chile recorriendo cada uno de los Centros de Acopio de leña verificando que cumplan con la normativa vigente de no superar el 25% de humedad.  Vamos a seguir recorriendo otras provincias de la Región Metropolitana porque queremos cuidar la salud de las personas y que la contaminación por leña húmeda no les afecte”.

    En tanto, el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal de la Maza, tras verificar -en cada uno de los centros de acopio fiscalizados- la humedad de la leña, expresó que “la inspección en terreno permite verificar que la leña esté seca y que cumpla con la normativa. No obstante, en este recorrido identificamos dos hallazgos en uno de los centros: el primero es que no disponía de un instrumento como el xilohigrómetro para medir la humedad, que es lo que permite a cualquier consumidor confirmar en el punto de venta que efectivamente sea un producto que cumple el estándar; y por otro lado, el local no se encuentra registrado en el Catastro Nacional de Leñería que dispone la SMA por lo que se le requirió a la titular que subsane estos hallazgos lo antes posible, para evitar un procedimiento sancionatorio posterior”.

    Cabe recordar que de acuerdo al PPDA, el uso de calefactores a leña está prohibido todo el año en la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, denominada Zona A, y se extiende su restricción al resto de la región (Zona B) en días que se pronostique episodios ambientales: Alerta, Preemergencia y Emergencia.

    De esta forma solo en la Zona B -que incluye 5 de las 6 provincias de la RM: Talagante, Maipo, Cordillera, Chacabuco y Melipilla- se permite la venta de leña, pero por eso también se monitorea y fiscaliza su calidad porque una leña húmeda es más contaminante que una seca.

    En ese sentido, el Seremi del Medio Ambiente RM, Diego Riveaux, expresó “lamentablemente el uso de calefactores a leña incide negativamente en la calidad del aire de la región además de producir contaminación intradomiciliaria en las viviendas. Por eso, hacemos un llamado a los habitantes de la RM a preferir una calefacción más sustentable con el medio ambiente, no solo para contribuir al cuidado del planeta, sino para evitar que se agudicen las enfermedades respiratorias de este invierno en los hogares, entre éstas la pandemia del COVID-19, que golpea fuertemente nuestro país y el mundo”.

    Las fiscalizaciones seguirán durante toda la temporada 2020 en la Región Metropolitana como uno de los principales objetivos de protección a los recursos naturales, en este caso al bosque nativo, por lo que las autoridades recomendaron que todos los Centros de Acopio se pusieran al día con las documentaciones pertinenentes para evitar sanciones o procesos sancionatorios posteriores.

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