Caso Florvil: Familia de joven haitiana fallecida y acusada injustamente de abandono de su hija, busca condena en contra de alcalde de Lo Prado

29 octubre, 2018

A poco más de un año de la muerte de Joane Florvil -que motivó que incluso el fiscal nacional, Jorge Abbot, declarara que el sistema policial y judicial «no fue capaz de comprender su cultura”- su familia intentará demostrar la discriminación racial arbitraria en el actuar de la Municipalidad de Lo Prado. Fue en sus dependencias donde se desencadenó la serie de negligencias y hechos confusos que derivaron en la tragedia que, hoy, podría transformarse en precedente para la Ley Antidiscriminación. 

Este lunes se llevó a cabo la audiencia probatoria del juicio que enfrenta a la Municipalidad de Lo Prado contra la familia de Joane Florvil, la joven haitiana de 27 años que el 30 de septiembre de 2017 falleció en el Hospital Clínico de la Universidad Católica -tras una falla hepática-, bajo arresto y acusada injustamente de abandonar a su hija de dos meses, precisamente en dependencias de la casa edilicia.

Se trata del caso de discriminación racial más emblemático desde la promulgación de la Ley Nº20.609, conocida como “Ley Antidiscriminación”. En seis años de vigencia, la legislación ha estado marcada por casos relacionados a discriminación por diversidad sexual -incluso se apoda como “Ley Zamudio”-, sin embargo, el caso de Joane Florvil abre un nuevo flanco, vinculado al contexto migratorio que vive el país, que ya ubica a más de 76 mil haitianos como residentes -4,4% del total de inmigrantes en Chile, según datos de la encuesta Casen. 

Así lo expone la parte querellante, representada por Moisés Sánchez de Fundación Pro Acceso, quien a través de esta demanda busca que se condene a la Municipalidad de Lo Prado y su alcalde, Maximiliano Ríos; por discriminación arbitraria en contra de Joane, al pago de la multa máxima permitida por la Ley, además de realizar una serie de acciones reparatorias y de protección a los derechos tanto de la familia de Florvil como de otros migrantes.

“No solo buscamos justicia para Joane y su familia, sino también poner en evidencia la profunda discriminación que sufren los migrantes de distintas nacionalidades, y la necesidad de reformar la Ley Zamudio para que se adapte al nuevo contexto migratorio del país. Esperamos que esta sentencia sea un hito para la revisión de la Ley Zamudio que, hasta el día de hoy, no está siendo utilizada por las comunidades migrantes ni por razones de discriminación racial. Creemos que esta es la oportunidad de mejorar esta institucionalidad, de establecer un órgano garante, de mejorar los mecanismos procesales, de hacerlo mucho más expedito y, de esa manera, poder avanzar hacia un Chile mucho más justo, igualitario y democrático”, sostuvo Sánchez tras la audiencia.

Los hechos

El 30 de agosto de 2017, Joane Florvil se dirigió a la Oficina de Protección de Derechos de Lo Prado para pedir ayuda a causa del robo que sufrió su marido, Wilfrid Fidelé, en las dependencias del Municipio de la misma comuna. En el bolso hurtado -bajo un modus operandi a través del cual ya han engañado a otros migrantes haitianos, haciéndoles una supuesta oferta de trabajo-, se encontraban los documentos de Fidelé y los de la hija chilena de ambos. Al no lograr hacerse entender, Florvil decidió dejar a su hija junto al guardia del recinto para salir en busca de un traductor -en la cultura haitiana, las personas que visten uniforme están investidas de honorabilidad y reconocimiento social, lo que explica la confianza de Joane en dejar su hija al cuidado del guardia. Al regresar al lugar éste se encontraba cerrado y la menor ya no se encontraba.

Joane Florvil fue detenida ese mismo día, entre las 18:00 y las 21:00, en su hogar, acusada de abandono. La derivaron a la 48° Comisaría de Carabineros especializada en “Menores y Familia”, lugar en el que se hizo la fotografía tan ampliamente publicada por los medios, de Joane esposada y escoltada por dos efectivos policiales.

A partir de allí surgen dos versiones. Una sostiene que, en su desesperación por no saber qué ocurría con su hija, se autoinfringió heridas en la cabeza golpeándose contra la pared de la celda. La segunda, afirma que las lesiones fueron provocadas por terceros -lo que más tarde fue descartado por el General de Carabineros, Bruno Villalobos, ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. Cual fuere la causa, Florvil sufrió convulsiones y vómitos, por lo que debió ser ingresada a Urgencias de la Posta Central. Allí pasaría un mes completo hasta que una falla hepática obligó su traslado al Hospital Clínico de la Universidad Católica donde, finalmente, fallecería -el cuerpo de Joane fue repatriado recién siete meses después de su muerte tras la intervención del Gobierno y Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Florvil no volvió a ver a su hija, quien pasó dos meses en una casa de acogida dependiente del Sename, aislada de su familia. Esto hasta que el Juzgado de Familia de Pudahuel ordenó que ésta volviera inmediatamente a la custodia de su padre, y declaró la existencia de vulneraciones de derechos humanos no sólo a la menor si no también a sus progenitores. “A juicio de esta Jueza, nunca existió una grave vulneración de derechos que ameritaran tomar la medida más invasiva respecto de un niño, que es separarlo de sus padres”, reza la sentencia del 25 de octubre de 2017. El Juzgado, además, ordenó que “Sename realice una capacitación en interculturalidad y derechos de los migrantes a toda la red y a los organismo colaboradores como garantía de no repetición y atendida la gran cantidad de inmigrantes de habla Creole que están llegando al país y que son los más vulnerables”.

Según la parte demandante, la Municipalidad de Lo Prado incurrió en dos situaciones de discriminación clave. La primera es la denuncia que hacen a Carabineros y que es considerada como una “respuesta desproporcionada (…) que reemplaza la naturaleza asistencia y de apoyo que se debe el municipio”. La segunda, dice relación con las declaraciones que emitió la Municipalidad tanto en el comunicado de prensa que publicó en su sitio web institucional, a propósito de los hechos; como en su comparecencia ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. Las versiones expuestas en ambas instancias evidencian inconsistencias en los relatos, lo que para la parte querellante son “índices de que la veracidad de los hechos poco le han importado (…) los pronunciamientos de la municipalidad son un claro e intencionado refuerzo de la actuación discriminatoria del día 30 de agosto”. 

Al respecto, el representante de la familia de Florvil, Moisés Sánchez, sostuvo que “los pronunciamientos de la Ilustre Municipalidad de Lo Prado son un claro e intencionado refuerzo a la actuación discriminatoria de aquel día. El comunicado público del municipio resulta parcial, omite información y justifica la criminalización, generando, por emanar de un órgano del Estado, un daño permanente a la integridad, dignidad, honra e igualdad de Joane y su familia”. Además, el también presidente de Fundación Pro Acceso cuestiona, “¿habría sucedido esto si Joane no hubiese sido mujer y haitiana?”. 

En tanto, la cuñada de Joane, Roxana Gómez, afirmó que “queremos que se siente un precedente, porque en Chile las mujeres migrantes, las afrodescendientes, siguen siendo cruelmente discriminadas. Ningún migrante puede pasar lo que pasó nuestra hermana Joane. Hemos aprendido de la peor forma que el racismo mata en Chile”.

Lo que se pide

Por medio de esta demanda, la familia de Florvil solicita al juez que declare la discriminación arbitraria por parte de la Municipalidad de Lo Prado y, acto seguido, ordene el retiro del comunicado de prensa de su sitio web; condene a los responsables -a la jefa de Departamento de Prevención y Promoción Comunitaria del Municipio y al alcalde Maximiliano Ríos-, al pago del máximo de la multa establecida en la Ley Nº 20.609. 

Además, que adopte las demás medidas que juzgue necesarias para restablecer el “imperio del derecho” y asegure la debida protección de los afectados, “entre las cuales solicitamos considerar especialmente la publicación de sentencia que acoja esta acción en la página web del Municipio, las excusas del alcalde a la familia y a la Comunidad Haitiana residente en Chile, el inicio de una investigación sumaria en el municipio para establecer las responsabilidades administrativas frente a los hechos que configuran la discriminación y, como garantía de no repetición, la capacitación de los funcionarios de la Municipalidad de Lo Prado en interculturalidad y derechos de personas migrante, todo ello, con costas”.

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