Comisión de Libertad Condicional de la Jurisdicción Puerto Montt revisará 188 solicitudes

4 octubre, 2022

La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt revisará –este miércoles 5 de octubre– las solicitudes presentadas por 188 internos de las unidades penales de Ancud (16), Castro (20) y Puerto Montt (152).

La Comisión será presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt Jorge Pizarro Astudillo y estará integrada por la jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad Patricia Miranda Alvarado; los jueces del Juzgado de Garantía de la comuna Lorena Fresard Briones y Rolando Díaz Coloma, y la jueza del Juzgado de Garantía de Castro Jésica Yáñez Sanhueza.

A su vez, participarán como relatores ad-hoc de la Comisión, el abogado y jefe de la Unidad de causas y sala del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, Rodrigo Dippel Pérez de Arce y la abogada y funcionaria de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt Carolina Mancilla Ojeda, quien además cumplirá funciones como secretaria de la instancia. Como digitadora, en tanto, participará la abogada y funcionaria del tribunal de alzada Ana María Almonacid Currimil.

La sesión –correspondiente al segundo semestre– está programada a partir de las 9.00 horas a través de videoconferencia y, como es habitual, contempla la revisión caso a caso de cada una de las solicitudes e informes técnicos presentados por Gendarmería.

Requisitos
La labor de la Comisión se rige por el Decreto Ley N° 321, modificado por la ley N° 21.124 –que entró en vigencia el 18 de enero de 2019–, que establece como requisitos de postulación: haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.

En el Decreto 338 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -del 17 de septiembre de 2020- en tanto, se establece el reglamento sobre la organización del sistema de libertad condicional, los programas, las características y los aspectos particulares que deben tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos de los delegados de libertad condicional.

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