Corte de Santiago ordena al fisco indemnización a víctima de torturas en cerro Chena y Estadio Chile

20 diciembre, 2022

Tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a Miguel Ángel Fernández Quezada, quien fue detenido en su domicilio el  20 de noviembre de 1973, y sometidos a torturas en el regimiento de San Bernardo, centro de detención militar del cerro Chena y Estadio Chile, entre otros recintos.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a Miguel Ángel Fernández Quezada, quien fue detenido en su domicilio el  20 de noviembre de 1973, y sometidos a torturas en el regimiento de San Bernardo, centro de detención militar del cerro Chena y Estadio Chile, entre otros recintos.

En fallo dividido (causa rol 12.847-2022), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Lidia Poza, el ministro Sergio Córdova y el abogado (i) Jorge Benítez– ratificó en todas sus partes la sentencia de primera instancia impugnada.

“Atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo en especial consideración que a la época de ocurrencia de los hechos, la víctima era un joven de 20 años, apenas salido de la adolescencia a quien el Estado coartó sus posibilidades de desarrollo integral de la manera más brutal que pueda concebirse, con un daño consecuencial que ha permanecido en el tiempo, se confirma la resolución apelada de fecha veintidós de julio de dos mil veintidós, dictada por el 1° Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C- 7464-2021”, consigna el fallo.

Decisión adoptada con el voto en contra del abogado Benítez.

El fallo de primera instancia ratificado estableció que: “Que, con la documental rendida por la parte demandante y no objetada por causal legal, en su oportunidad, se puede establecer que está reconocida su calidad de ‘Preso Político y Torturado’ (Nómina de personas reconocidas como víctimas, del informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, en donde el demandante ocupa el lugar Nº2968, y por informes médicos acompañados al proceso, es posible advertir que una persona que es violentada física y psicológicamente, como en el caso de autos, sufre perjuicios, daño emocional y secuelas tanto físicas como psicológicas que perduran hasta la actualidad y que deben ser reparados, situación que corresponde a la consecuencia normal de la detención, prisión y tortura sufridos por el actor”.

Para el tribunal de base: “(…) encontrándose acreditado el hecho que el actor, debido a la detención, prisión y torturas que experimentó y repercuten hasta la actualidad, un daño que solo se puede enmarcar dentro de aquél denominado ‘moral’, y que el demandado no justificó, los montos que percibe o ha percibido el demandado en su calidad de ‘Preso Político y Torturado’, lo que sin perjuicio, hace igualmente plausible acoger la demanda, condenándose al Fisco de Chile, a pagar al actor la suma única y total de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) suma que se estima justa y equitativa, considerando que dicha parte es beneficiario de las leyes de reparación respectivas ya indicadas, lo que no es óbice para acoger la acción indemnizatoria por el daño sufrido de manos de agentes del Estado”.

“El monto indemnizatorio fijado previamente, deberá pagarse debidamente reajustado entre la fecha del presente fallo y aquella en que se haga el pago total y efectivo; más los intereses corrientes para operaciones de crédito de dinero no reajustables, devengados durante el mismo período”, ordena.

Corte ApelacionesVer fallo Corte de Apelaciones 
Primera InstanciaVer fallo Primera Instancia 

Síguenos en Twitter