Corte Suprema envía a Cámara de Diputadas y Diputados informe sobre proyecto de ley de reforma tributaria

10 agosto, 2022

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el lunes 8 de agosto recién pasado– analizó la iniciativa legal denominada: “Reforma tributaria, hacia un pacto fiscal por el desarrollo y la justicia social”. Informe que fue remitido a la presidencia de la Cámara de Diputadas y Diputados ayer marte 9.

“Que, en conclusión, el proyecto de reforma tributaria analizado en el presente informe introduce cambios en el Código Tributario y en la Ordenanza de Aduanas, los cuales son de interés del Poder Judicial por cuanto afectan a atribuciones y a la organización de los tribunales de justicia”, plantea el pleno de ministros.

El informe agrega que: “Dentro de los artículos consultados por la Cámara de Diputadas y Diputados, se encuentran normas relativas a la competencia relativa en reclamos tributarios judiciales en sede Tribunales Tributarios y Aduaneros en ciertos casos, como por ejemplo, respecto de contribuyentes pertenecientes a un mismo grupo empresarial (arts. 59 ter, 65 bis, 65 ter y 115); modificaciones en el procedimiento judicial ante los TTA sobre de levantamiento del secreto bancario (Art. 62 y 62 bis del CT); modificaciones en el término probatorio en el procedimiento general de aplicación de sanciones (161 del CT); modificaciones en la Ordenanza de Aduanas en relación con la competencia relativa y la concesión de ciertos recursos procesales; entre otras modificaciones. En general, estas modificaciones se observan como positivas, sin perjuicio de ciertas disposiciones en particular en que se sugieren algunos cambios, los cuales están detallados en el cuerpo del presente informe”.

“Se expresa, además, que las reformas a los artículos 130 y 131 bis (Tramitación digital), 132 y 132 bis (modificaciones en el procedimiento general de reclamaciones), en general se estiman positivas”, añade.

Para el máximo tribunal del país: “Corresponde expresar, además, según se ha realizado en otras oportunidades, que ante la multiplicidad de procedimientos que contempla la legislación tributaria, podría ser conveniente que se estudie la posible unificación de los mismos”.

“De la misma forma, teniendo presente la determinación respecto de la tramitación electrónica, parece apropiado evitar la duplicidad de esfuerzos, por lo que podría ser apropiado que la base técnica y soporte a la misma se realice por el Departamento de Informática de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, el cual está en condiciones de hacerlo, con lo cual se entrega mayor certeza a los litigantes al existir un solo órgano a cargo de esta materia”, propone la Corte Suprema.

“Igualmente por la modificación introducida al conocimiento en cuenta de los recurso de apelación en materia tributaria, que ante la solicitud de cualquiera de las partes podría ordenarse traer los autos en relación para conocer de él, previa vista de la causa, podría resultar pertinente que la inconcurrencia del abogado que solicitó alegatos a la audiencia respectiva tenga como efecto el abandono del recurso y tenerle por desistido del recurso”, concluye.
Ver informe (PDF)

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