Decano de UTalca sobre detonación de artefacto explosivo: “Si se comprueba que se trata de un acto terrorista las penas podrían llegar a 20 años de cárcel”

4 enero, 2019

–          Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UTALCA, Raúl Carnevali, recordó que la Ley 18.314 tipifica este tipo de delitos.

Tras la explosión de un artefacto en un paradero del Transantiago el ministro del Interior, Andrés Chadwick, informó que el gobierno presentó una querella “por el delito terrorista”. Los hechos serán investigados por el Ministerio Público y si se confirma que se trata de un acto de este tipo las sanciones van entre los cinco años y un día a los 20 años de cárcel, según indicó el decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UTALCA, Raúl Carnevali.

“Según la Ley 18.314 constituye un delitos terrorista colocar, enviar, activar, arrojar, detonar o disparar bombas o artefactos explosivos o incendiarios de cualquier tipo, armas o artificios de gran poder destructivo o de efectos tóxicos, corrosivos o infecciosos. Y de acuerdo al artículo 3° las penas van entre los cinco años y un día de cárcel a los 20 años”, explicó el decano.

Carnevali recordó que el Ministerio Público debe investigar y determinar si considera que hay un delito de tipo terrorista y en base hace perseguir las responsabilidades. “Pero posteriormente es el Tribunal Oral en lo Penal quien determina si se configura o no este delito de acuerdo a las pruebas que pueda aportar la Fiscalía”, explicó.

De acuerdo a la Ley 18.314, los actos son de tipo terrorista “cuando el hecho se cometa con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, sea por la naturaleza y efectos de los medios empleados, sea por la evidencia de que obedece a un plan premeditado de atentar contra una categoría o grupo determinado de personas, sea porque se cometa para arrancar o inhibir resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias”.

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