Declaración Gendarmería

24 agosto, 2022

La decisión del traslado al Centro de Educación y Trabajo de Angol de los internos Juan Segundo Calbucoy Montanares y Johan Gonzalo Millanao Nahuelpi, a la cual alude el dirigente penitenciario, responde a toda la normativa vigente en esta materia. 

Cabe destacar, que según el Decreto Supremo N° 518, Reglamento de Establecimientos Penitenciarios; y el Decreto N° 943, Reglamento que establece un estatuto laboral y de formación para el trabajo penitenciario, los internos condenados cumplían con todos los requisitos reglamentarios para ser trasladados, y esta decisión fue adoptada en los correspondientes consejos técnicos. 

Además, el procedimiento de traslado se llevó a cabo por personal de la Unidad de Servicios Especializados Penitenciarios (USEP) de Angol, cumpliendo con todas las exigencias, tanto de seguridad como sanitarias. 

En relación a las amenazas recibidas por el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Angol, Gendarmería de Chile presentó una querella en contra de quienes resulten responsables. 

La Institución, reafirma que su accionar busca siempre apegarse a los marcos legales vigentes y estamos permanentemente revisando nuestros procedimientos, con el objeto de fortalecer continuamente el quehacer penitenciario. 

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