Gendarmería se refiere a fallo de Corte Suprema que ordena adoptar medidas para posibilitar derecho a voto en Colina II

12 noviembre, 2021

COMUNICADO DE PRENSA

Respecto al fallo de la Ilustrísima Corte Suprema, que acoge un recurso de protección y ordena adoptar medidas para posibilitar el derecho a voto de 147 privados de libertad del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, Gendarmería de Chile señala lo siguiente:

1) En nuestro ordenamiento institucional, el organismo público que tiene la exclusiva competencia y responsabilidad de administrar, supervigilar y fiscalizar los procesos electorales, es el Servicio Electoral (Servel).

2) En este sentido, y en el marco del respeto y cumplimiento de los fallos de los Tribunales de Justicia, Gendarmería de Chile expresa su total compromiso para ponerse a disposición del Servel y trabajar conjuntamente en posibilitar el derecho a sufragio de las personas privadas de libertad, el que solo es restringido en conformidad a lo establecido en nuestra Constitución.

3) De esta forma Gendarmería, en tanto, servicio público encargado de la custodia y reinserción social de las personas privadas de libertad, está disponible para tomar todas las medidas administrativas y operativas que sean necesarias para habilitar el derecho al sufragio de las personas privadas de libertad, cuando así corresponda, en función de lo que el Servel instruya y bajo su estricta supervisión.

4) Finalmente, cabe precisar que de las 147 personas, a las que se refiere el fallo de la Ilustrísima Corte Suprema, respecto del recurso de protección interpuesto en su favor, en noviembre de 2020, actualmente solo 112 permanecen privadas de libertad, y de éstas últimas, sólo 24 están habilitadas para sufragar.

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