INDH en su escrito se pregunta por qué el Fiscal General Militar interpuso su orden de no innovar cuando se supo que el Juzgado de Arica analizaría realizar una nueva autopsia al cuerpo de Franco Vargas.
“¿Se estará intentando ocultar algo?, ya que el procedimiento en fiscalía militar es secreto, a diferencia del procedimiento ante la justicia civil, en que el querellante tiene acceso a los antecedentes tanto judiciales como de la carpeta investigativa”, señala el documento.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó ante la Corte Suprema un recurso de reposición para que revierta su orden de paralizar la investigación del “Caso Conscriptos” en la justicia ordinaria. La solicitud ocurrió tras la decisión de la segunda sala del máximo tribunal, que acogió una orden de innovar presentada por el Fiscal General Militar. Este último pidió suspender indagaciones mientras se resuelve la contienda de competencia.
En su presentación, el INDH recuerda que una de las diligencias que pidió al Juzgado de Garantía de Arica como querellante fue aplicar el Protocolo de Minnesota en una nueva autopsia al cuerpo de Franco Vargas. Se trata del joven fallecido mientras hacía el servicio militar en la Brigada Huamachuco del Ejército en Putre. El INDH presentó una querella por apremios ilegítimos con resultado de homicidio debido a este hecho. Para comienzos de junio el tribunal tenía fijada una audiencia para resolver la autopsia.
Sin embargo, estas diligencias quedaron en suspenso luego de la decisión de la Corte Suprema, conocida el viernes 24 de mayo. Es importante considerar que la paralización afecta no sólo la indagación de la muerte de Franco Vargas, sino los apremios ilegítimos de otros conscriptos de su mismo grupo, que también motivaron la presentación de una querella por parte del INDH.
Argumentos del INDH
En su escrito, interpuesto este lunes 27 de mayo, el INDH dice que la ministra en visita extraordinaria Jenny Book “jamás” ordenó hacer una autopsia de Franco Vargas, conforme al Protocolo de Minnesota. Es importante recordar que este método elaborado por la ONU busca investigar muertes potencialmente ilícitas.
“Entonces forzosamente este interviniente se pregunta, por qué sólo cuando el Ministerio Público pide esta diligencia médico científica para investigar las muertes potencialmente ilícitas el Fiscal General del Ministerio Público pide la orden de no innovar”, dice el recurso. “¿Se estará intentando ocultar algo?, ya que el procedimiento en fiscalía militar es secreto, a diferencia del procedimiento ante la justicia civil, en que el querellante tiene acceso a los antecedentes tanto judiciales como de la carpeta investigativa”, sigue.
Así, el recurso del INDH asegura que un mecanismo como el de la justicia militar, “no favorece ni la transparencia ni la efectividad de la investigación penal, con los consecuentes defectos en una investigación reservada y tardía lo que acarrea además dolor y afectación de derechos de las víctimas”.
Protección de Derechos
En tanto, el jefe (s) de la Unidad de Protección de Derechos, David Bahamondes, indicó que “el instituto quiere expresar su disconformidad con la paralización que impide de momento la realización de diligencias importantes. Estas habían sido tomadas en cuenta por la Fiscalía Regional de Arica a cargo de la investigación. Por eso hemos presentado un recurso de reposición, que consiste básicamente en una argumentación jurídica para que la medida dispuesta por la Corte, esto es, la orden de no innovar, se deje sin efecto y se permita continuar con la investigación en tanto se resuelve en definitiva la competencia en esta causa”.
En el recurso de reposición, el INDH también argumenta que “la preocupación por eventualmente ordenarse pericias médicas o científicas paralelas, tampoco debieran de generar mayor problema (…). Si se trata de evidencias de carácter científico o médico, el objetivo, la metodología y los resultados debieran de ser idénticos, iguales o a lo menos parecidos. Esto aporta en mayor medida al esclarecimiento de los hechos, así como a la determinación de las responsabilidades individuales”, sostiene.
De esta manera, plantea que “el fundado temor sólo podría fundarse en tener una idea que una autopsia u otra diligencia fueran a tener resultados diferentes o hasta contradictorios, dependiente si se llevan a cabo por la justicia civil o por la justicia militar, lo que sería a todas luces sorprendente, cuestionable y hasta sospechoso. Entonces este argumento claramente no sirve ni puede fundamentar una medida concedida como la orden de no innovar”.