Seremi de Salud RM decreta Prohibición de Funcionamiento a Piscina Municipal de Quilicura tras fallecimiento de un menor

27 enero, 2020

Ante grave accidente ocurrido el pasado viernes de un menor de edad de nacionalidad haitiana, que falleció este domingo 26, la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, decretó la Prohibición de Funcionamiento a la piscina de la Municipalidad de Quilicura por incumplimiento de una serie de medidas sanitarias.

Luego del lamentable incidente, inspectores de Locales de Uso Público del Subdepartamento de Control Sanitario Ambiental, se constituyó en el lugar el mismo día del suceso, constatando que el pequeño se encontraba junto a otros 200 alumnos, además de profesores en una actividad acuática de la Escuela de Verano de la Municipalidad de Quilicura.

Pese a que el lugar contaba con un salvavidas y una enfermera (que además era salvavidas), ambos acreditados, quienes realizaron el salvataje del menor, éste falleció durante la jornada del domingo. No obstante, en ese momento señalaron que habían 200 alumnos más adultos, es decir, debían tener 3 salvavidas, ya que es 1 un salvavida por cada 100 personas de acuerdo a la normativa.

En la fiscalización realizada por la autoridad sanitaria se constató que el recinto municipal contempla tres piscinas, una grande o de adultos, una mediana y otra más pequeña. El niño accidentado se encontraba en la piscina mayor, la única que acreditó autorización de funcionamiento, otorgada por la Seremi de Salud de esta Región.

Sin embargo, el lugar quedó con Prohibición de Funcionamiento, debido a que según el Reglamento de “Piscinas de Uso Público”, D.S.N° 209/2002 del Ministerio de Salud, ninguna de las piscinas contaba con elementos de salvataje reglamentario completo (compuesto por: pértigas, cinturones salvavidas, cuerdas, camillas portátiles). Además, las piscinas no presentaban las demarcaciones de profundidad claramente visibles, acorde a la normativa. Tampoco existía un reglamento escrito y visible para los bañistas, sobre el uso y restricciones de las piscinas, ni menos asideros perimetrales.

Por otra parte, respecto a los baños de camarines de damas y varones se encontraban en mal estado, con pinturas descascaradas.

Por último, las piletas utilizadas como lavapiés no cumplían con la condición reglamentaria de acumular unos 10 centímetros de agua para cumplir esa función.

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