TC vota inconstitucionalidad de tres glosas de la Ley de Presupuestos

22 enero, 2019

El Tribunal Constitucional emitió la sentencia correspondiente el requerimiento de diputados de Chile Vamos que solicitaba la declaración de inconstitucionalidad de tres glosas de la Ley de Presupuestos.

La votación fue de 6 votos contra 4 en ambos casos. Estuvieron por la declaración de inconstitucionalidad los ministros Iván Aróstica (Presidente), Juan José Romero, María Luisa Brahm, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Fernández.

Por el rechazo del requerimiento estuvieron los ministros Gonzalo García, Domingo Hernández, María Pía Silva y Nelson Pozo.

La primeras dos glosas – presentadas por la senadora Yasna Provoste junto a otros parlamentarios de la oposición – buscaban permitir que hasta un 30% de los excedentes del Fondo del Crédito Solidario (que tienen por ley 25 universidades del país para la entrega de créditos en condiciones más favorables para sus alumnos), se pudieran utilizar para no solo para dichos creditos, sino que también para inversiones en infraestructura, instrumento financieros o becas y créditos especiales para alumnos que hubieran perdido beneficios estudiantiles (como la gratuidad universitaria). Sin esta glosa, los excedentes del Fondo del Crédito Solidario solo pueden ser invertidos en instrumentos financieros, como ordena la ley del Fondo del Crédito Solidario, para luego ser entregados al año siguiente en forma de créditos a los alumnos.

La última glosa declarada inconstitucional establecía el monto de gastos reservados que tenía autorizado Carabineros para el año 2019, y que el Congreso Nacional en la Comisión Mixta decidió no aprobar por la vía de suprimir el monto propuesto por el Gobierno, que eran 500 millones de pesos y 90 mil dólares. Por ende, lo único que existía de la Glosa era su nombre, pero sin sumas de dinero.

Efectos de la declaración de inconstitucionalidad

El efecto de la declaración de inconstitucionalidad de las dos glosas respecto al Fondo Solidario hace que se mantenga vigente la ley permanente, que indica que los excedentes del Fondo del Crédito Solidario solo pueden ser invertidos en instrumentos financieros, para luego ser entregados al año siguiente en forma de créditos.

Sobre la glosa de gastos reservados de Carabineros, el Tribunal señaló que es inconstitucional la actuación del Congreso «al omitir consignar los valores correspondientes» en dicha glosa. Lo anterior no permite que los montos propuestos por el Gobierno originalmente puedan ser utilizados como gastos reservados. La sentencia del Tribunal Constitucional no tiene el efecto de agregar un monto de gastos reservados. Será el Congreso Nacional y el Presidente de la República los que deberán cumplir con la sentencia del Tribunal Constitucional de acuerdo a sus atribuciones.

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