Tribunal de Iquique absuelve a funcionaria de Aduanas de presunto delito de torturas

26 agosto, 2022

En un segundo juicio, el tribunal desestimó la existencia de torturas, aunque condenó por apremios ilegítimos. El abogado defensor, Juan Carlos Manríquez, indicó que “no renunciamos a ejercer ningún recurso (…) y hasta llevar el caso a la justicia internacional si fuera necesario”.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique decidió absolver por los delitos de tortura a la funcionaria de Aduana que era objeto de investigación penal, luego que en 2019 detuviera a cinco extranjeras que transportaban droga en la avanzada aduanera del río Loa. El juzgado determinó que la mujer era responsable de dos delitos de apremios ilegítimos, motivo por el cual la defensa evalúa llevar el caso incluso a tribunales internacionales.

Este era el segundo juicio que se realizaba en contra de la funcionaria. En el primero había sido condenada por presuntas torturas, pero la Corte Suprema anuló esta resolución indicando que los jueces se habían “excedido” en su veredicto.

De acuerdo a la acusación del Ministerio Público, en junio del año 2019, la mujer siendo funcionaria de Aduanas y en el marco de las fiscalizaciones realizadas a buses que pasaban por el complejo del río Loa, revisó a tres mujeres, llevándolas hasta un cuarto privado donde les realizó acciones que les habrían causado sufrimientos, con el objetivo de lograr confesiones y obtener medios de prueba respecto de los delitos que estaban cometiendo.

El abogado defensor, Juan Carlos Manríquez, explicó que “el Tribunal Oral de Iquique, en el segundo juicio después de la nulidad decretada por la Corte Suprema, decidió absolver en votación unánime a doña Jacqueline Silva, como acusada del delito de torturas reiteradas. En votación unánime, por separado, decidió condenar por el delito de apremios ilegítimos ocurridos en dos ocasiones”.

El abogado explicó que “para decidir aquello, en particular y sobre lo que nosotros disentimos, el tribunal dio por establecido que se había utilizado esta manguera metálica en vejámenes o malos tratos. Cuestión que nos obliga a analizar muy bien cuando se entregue la sentencia escrita el 7 de septiembre, porque esa circunstancia fue completamente negada e, incluso, desacreditada por los tres médicos que trajo la fiscalía. Desde ese punto de vista, ellos dijeron en el estrado que no era posible acreditar el uso, ni tampoco daños o lesiones en personas que denunciaron estos hechos, porque no tenían lesiones y no se habían hecho nunca un examen forense en ese sentido”.

Manríquez explicó que el caso aún no se puede dar por cerrado: “Nosotros no renunciamos a ejercer ningún recurso, una vez que tengamos la sentencia y no descartamos volver a solicitar una nulidad, incluso parcial, y hasta llevar el caso a la justicia internacional si fuera necesario”.

Con esta resolución, el Ministerio Público espera obtener siete años de prisión. La defensa, por su lado, planteó la posibilidad de una pena de tres a cinco años. El INDH, que era querellante, no solicitó tiempo de prisión, pues su querella resultó desestimada.

Manríquez, además, advirtió de los riesgos que puede traer una resolución de esta naturaleza: “Desde el punto de vista operativo, en las avanzadas aduaneras, y en los funcionarios que hacen control de fronteras, existe una enorme preocupación por esta decisión, dado que las organizaciones criminales son altamente complejas y aprenden rápido. Es muy probable que todos aquellos traficantes de a pie, comiencen a decir que cada vez que los registran, han sido torturados, lo que va a abrir un forado inmenso en la política antidrogas del país”.

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