Vocera Ángela Vivanco y decisión sobre isapres: “El sentido del fallo es que se fije una posición jurisprudencial que permite que esto se ajuste sin necesidad de acudir a la justicia”

1 diciembre, 2022

«La idea es unificar y resolver la problemática de la judicialización en el tema de salud, que está ocupando mucho tiempo en los tribunales y que está saliendo carísimo para los que actúan y también para los que son demandados.», dijo la portavoz del máximo tribunal.

La vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco Martínez, explicó que los fallos de la Tercera Sala del máximo tribunal sobre el alza de planes de isapres por concepto de tablas de factores de edad y sexo pretenden fijar la línea doctrinaria en esta materia y con ello evitar la excesiva judicialización que se ha conocido en los últimos años en el país.

“El sentido del fallo es que se fije una posición jurisprudencial que permite que esto se ajuste sin necesidad de acudir a la justicia (…) la idea es evitar la judicialización permanente y establecer un break point. Esto es lo que lo que ha resuelto y por favor ahora que se ajuste no solamente para los que reclamaron, sino que para todos los afiliados. Por eso es importante la mediación de la Superintendencia de Salud para determinar los cómo, los cuándo y que esto sea lo más claro posible y con los tiempos necesarios”, dijo la portavoz del máximo tribunal en su habitual vocería semanal.

La ministra Vivanco aseguró que los fallos  pronunciados abordan cuatro puntos esenciales, que se pueden sintetizar en:

– se debe contar únicamente con un plan base por cada contrato de salud y no por cada beneficiario; 

-las isapres no pueden elaborar tabla de factores por sexo y edad, por ser inconstitucional, pero la Corte Suprema legitimó una tabla confeccionada por la Superintendencia de Salud; 

– al nonato y luego de nacido hasta los 2 años lo cubre completamente el GES, por lo tanto no se le puede aplicar una tabla de factores. Después de esa edad legal se le aplica un plan correspondiente a los dos años, el que es inmodificable en el tiempo, salvo que sea a la baja;

-la tabla de factores diseñada por la Superintendencia de Salud se aplica solo cuando el cotizante ingresa a la isapre y es inmodificable en el tiempo, salvo que sea beneficioso para el cotizante.

La magistrada recordó que en el año 2010 un fallo del Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la aplicación de  algunos aspectos de las tablas de factores y que desde esa fecha no se han producido los ajustes en los planes de los cotizantes, hecho que quedará regulado con la sentencia del máximo tribunal y las tablas fijadas por la Superintendencia de Salud.

“La verdad es que el ajuste tendría que haberse hecho cuando salieron los correspondientes fallos del Tribunal Constitucional. Hay tablas que quedaron desajustadas desde ese fallo. El haber generado la Superintendencia una tabla nueva, permite que se unifique el tema y no quede a la interpretación de cada uno el fallo. La idea es que gracias a este fallo ahora todas las isapres se ajusten a esa tabla porque esa tabla se condice con el fallo del Tribunal Constitucional y en consecuencia evitemos las interpretaciones. Hay algunas isapres que sumaban plan base por cada miembro, otras sumaban plan base con factores de una tabla antigua. La idea es unificar y resolver la problemática de la judicialización en el tema de salud, que está ocupando mucho tiempo en los tribunales y que está saliendo carísimo para los que actúan y también para los que son demandados. Hay que tener claro que los fallos se cumplen. Hay un fallo del Tribunal Constitucional que dijo parte de los factores no proceden. Hay que cumplirlo, ajustarse a esta tabla y todo aquello que signifique devoluciones de excedentes y la problemática más doméstica ya es un tema que le corresponde a laSuperintendencia de Salud”, dijo.

La ministra Vivanco fue consultada respecto del supuesto impacto económico que tendría el fallo en la industria de las isapres a lo que respondió que los asuntos se resuelven en derecho y no de acuerdo a los consideraciones de otro tipo.

“Como lo he dicho varias veces, a nosotros no nos es ajeno que toda industria puede tener una serie de problemas o dificultades, pero que, por otro lado, los casos se resuelven en derecho y no de acuerdo a situaciones que tienen que ver con la economía o los costos de la industria. Ese es un tema que no nos corresponde, nosotros no podemos fallar de acuerdo a si un negocio es floreciente o no lo es o si está más complicado o no lo está, porque eso significaría que los fallos se ajustarían a los declives o vaivenes económicos y eso no puede pasar. Sabemos que esto tiene impactos económicos, pero estamos súper claros que la judicialización extrema tiene impactos notables en el país, para los afiliados, para las isapres y para el sistema de justicia. Lo que estamos buscando es tratar de armonizar lo más posible la facilidad para que estos temas se resuelvan, una claridad desde el punto de vista conceptual fijando una doctrina y que en consecuencia el sistema sea capaz de resolver su propia problemática, pero nosotros no podemos estar dependiendo de las situaciones económicas de cada industria”, dijo la magistrada.

Proceso nominación fiscal nacional

La ministra Ángela Vivanco también abordó la situación producida con el rechazo por parte del Senado, de José Morales Opazo como fiscal nacional  y explicó que hasta ahora sólo le corresponde a la Corte Suprema llenar un cupo en la quina enviada al Poder Ejecutivo.

“Nosotros hemos tomado conocimiento por la audiencia pública del rechazo del candidato José Morales a la Fiscalía Nacional, pero aún no hemos recibido el oficio que comunica oficialmente esa información. En consecuencia no podemos tomar ningún tipo de disposición, ni tampoco hacer ninguna convocatoria al Pleno mientras ese oficio no llegue. Nuestro plazo, nuestra competencia en la materia se retoma en la medida que ese oficio llegue, cosa que aún no ha sucedido, por lo cual estamos esperando esto y en la medida que alcance a llegar vamos a informar para efectos de que se pueda reunir el Pleno en esta materia”, explicó.

La autoridad recordó que  la normativa aplicable es el artículo 15 de la Ley Orgánica del Ministerio Público que le da a la Corte Suprema a partir del momento que se haga esa comunicación oficial un plazo de 10 días para completar la quina. “Esa es la atribución que nosotros tenemos, en consecuencia, solamente el tema vuelve a nosotros para completar el espacio que se produce al ser rechazado en candidato nominado por el Presidente de la República.  No hemos tenido esa comunicación oficial aún”.

“Llegando esa información el Pleno va a conocer la materia y va a fijar una fecha para efectos de que a la mayor brevedad posible se pueda completar la quina de acuerdo a lo que constitucional y legalmente se establece de modo tal que otra vez el proceso continúe y vaya esta nueva quina completada, no una nueva quina en el sentido que los miembros sean distintos sino que sólo uno, para que el Presidente de la República tome la decisión correspondiente”, aclaró.

La ministra fue consultada por si esto es un tema político y respondió:   “Efectivamente nosotros coincidimos que este es un tema político. La Constitución y la ley establecen todo el itinerario de este proceso. La Corte Suprema cumplió a cabalidad con lo que le correspondía, tanto en la forma como en el fondo, determinó cuál era la quina, el Presidente hizo otro tanto y luego en el Senado, seguramente por razones políticas, finalmente no se consiguieron los 33 votos que el señor Morales necesitaba. Pensamos que este es un tema que como Corte Suprema nos excede por ser de naturaleza política y en consecuencia lo único que nos corresponde es proceder según lo indicaba con anterioridad y no hacer pronunciamientos de respecto por qué una persona votó o no votó, por qué estuvo o no estuvo, porque ese es un tema que corresponde a los actores políticos y que posiblemente discutirán el asunto y las razones que hubo para que se produjera este resultado”.

La ministra Vivanco de manera enfática descartó cualquier contacto previo de la Corte Suprema con el gobierno para poner a una o más personas en la quina que se enviaría al Ejecutivo:  “Nosotros nunca hemos tenido una reunión o una comunicación en ese sentido, no tenemos idea de cuáles eran los favoritos del gobierno o que pensó el gobierno sobre esto. Nosotros nos limitamos a conformar la quina y mandarla como corresponde y cualquier decisión política que se haya tomado después no fue consensuada o conversada con nosotros bajo ningún concepto. No hemos tenido ninguna participación en el destino de esa nominación”, aseveró.

En ese punto la ministra agregó:  “El inicio del proceso es nuestro, la intervención del gobiernos es después que se forma la quina, la intervención del gobierno no puede ser previa a que nosotros formemos la quina, porque eso significaría que el orden de los factores se altera. El orden de los factores es que la Corte Suprema es la que designa la quina de acuerdo a quienes se presentan como candidatos. Nosotros no tenemos intervención en quienes postulan, no podemos salir tampoco a buscar postulantes, tampoco podemos acordar con el gobierno y decir ‘qué bueno sería que usted mande a tal persona o recomiéndele que sea candidato’, eso no existe como posibilidad”.

“Los que se presentan y se inscriben esos son los candidatos. De acuerdo a esos candidatos y sus exposiciones se vota y esa quina se envía al gobierno y en consecuencia el gobierno empieza a actuar cuando esa quina le llega, no corresponde que actúe antes.  Los candidatos que le pueden haber gustado más al gobierno o los que nos podía gustara más a nosotros no son tema, porque cada proceso tiene una etapa que se cierra y nuestra participación es una que se cierra ahí y solamente ahora volvemos a tenerla por este impasse que sucedió con el rechazo de José Morales. Nosotros no podemos actuar como un órgano político que negocie, por supuesto que las negociaciones se producen en un seno distinto y una entidad diferente, no en el Poder Judicial.”, remató.

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