La Corte Suprema aprobó el acuerdo conciliatorio suscrito entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y el Banco de Crédito e Inversiones (BCI) que pone término a un juicio iniciado en 2019, cuando la FNE presentó un requerimiento en el cual solicitó que se aplicara una multa de 3.500 Unidades Tributarias Anuales (UTA) a la entidad bancaria por haber vulnerado la libre competencia en la licitación del seguro colectivo de desgravamen asociado a sus créditos hipotecarios desarrollada en 2017.
Este requerimiento fue acogido por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en su Sentencia N°186/2023, que estableció que BCI excluyó de un modo discriminatorio y arbitrario la oferta de la aseguradora que contenía el menor precio, para declarar ganadora a una propuesta más costosa, que incluía a BCI corredores de Seguros, empresa filial de BCI.
En su decisión, el Tribunal únicamente impuso una multa de 1.162,4 UTA a BCI (equivalentes a poco más de $ 885 millones; es decir, cerca de US$ 956 mil) pese a que reconoció que debido a su conducta la entidad bancaria obtuvo durante dos años un beneficio económico que no habría recibido si la licitación hubiese sido competitiva, lo que generó un perjuicio a sus deudores hipotecarios que formaban parte de la póliza colectiva de desgravamen.
Tanto la FNE como BCI reclamaron ante la Corte Suprema la decisión del TDLC y, antes de que el máximo tribunal resolviera dichos recursos, presentaron las bases de un acuerdo conciliatorio para poner fin al procedimiento.
En este acuerdo, que fue aprobado ayer, BCI se comprometió a efectuar en un plazo de 30 días hábiles el mayor pago a beneficio fiscal realizado hasta la fecha por concepto de conciliaciones suscritas por la FNE, consistente en un monto de 3.150 UTA, equivalentes a más de $2.500 millones o US$ 2,7 millones.
Adicionalmente, la institución bancaria se comprometió a desarrollar sus licitaciones de seguros bajo condiciones que aseguren una efectiva competencia entre los oferentes y a efectuar una ponderación objetiva, imparcial y razonable de las ofertas, en vistas de adjudicar la mayor en beneficio de sus clientes y sin favorecer a sus entidades relacionadas.
El Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, destacó la importancia de investigar y perseguir los casos de abuso de posición dominante y valoró los términos de la conciliación, señalando que están en sintonía con los fines disuasivos perseguidos con las acciones interpuestas en sede de sobre competencia.
“Este acuerdo permite terminar de manera eficiente y efectiva este juicio, en el cual la FNE persiguió con firmeza el abuso de posición dominante que afectó a los clientes de créditos hipotecarios de BCI. La Corte Suprema ha ratificado que los compromisos asumidos resguardan la libre competencia en futuros procesos licitatorios y, además, el pago comprometido cumple un fin disuasivo al ser superior al beneficio económico obtenido por el banco”, afirmó Grunberg.
En su resolución la Corte Suprema sostuvo que: “la FNE comparece solicitando la aprobación de las bases de conciliación junto al BCI, obteniendo el pago a beneficio fiscal de una multa cercana a la cifra pretendida a través de la reclamación deducida en esta sede, por lo cual la posible afectación a la libre competencia aparece reparada con la consignación que se deberá efectuar y el compromiso del BCI de no incurrir en conductas como la imputada”.