Abogado Fernando Leal: «El muro de las AFP caerá»

13 julio, 2020

«En plena discusión legislativa del proyecto de ley que autoriza a retirar el 10% de los fondos previsionales acumulados por las AFP, bien vale hacer algunas precisiones. Primero que todo, señalar que las mentiras no duran para siempre, por más que se adornen, maquillen o disfracen.

Hoy, los chilenos en uso y ejercicio de nuestro derecho a informarnos, es necesario que tengamos presente que:

  1. Las AFP no fueron creadas para pagar pensiones, sino para establecer un Sistema de Flujo de Capitales. (Para vender una ”pomada”, ésta no debe ser costosa – 20 % de cotización –, porque de lo contrario no logras venderla, o al menos comienza a ser “examinada”).

2. Las AFP no constituyen Seguridad Social, además, que no cumplen con el requisito de “Dignidad”(Ello de acuerdo a lo que entiende por tal concepto la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Lagos del Campo Vs Perú y, Caso 5 pensionistas Vs Perú; más todas sus sentencias formativas, anexas y complementarias).

Fernando Leal, abogado.

3. En Chile, no tenemos un sistema de pensiones, sino que lo que existe es un sistema de ahorro obligatorio con adquisición forzada de instrumentos financieros (Rentas Vitalicias) sin que se tenga (por la mayoría de los cotizantes) un adecuado nivel de conocimiento respecto de los mismos.

4. El Decreto Ley Nº 3.500 no forma parte de la Seguridad Social, pues no es una Ley de Quórum Calificado (no había Congreso cuando se dictó), sino que más bien, es una norma propia de regímenes de facto; lo que ridículamente desemboca en que se permita entregar por las AFP (al momento de la jubilación) los ahorros a un tercero (Compañías Aseguradoras de Rentas Vitalicias -C.A.R.V.-) distinto de su ahorrante, cuando por otra parte se impide entregar completamente los ahorros directamente al ahorrante (pero si se permite entregarlos directamente a un tercero: C.A.R.V.).

5. Las C.A.R.V. están en una actual «quiebra técnica» que, incluso, fue alertada por el Banco Central Europeo -B.C.E.- en el 2019 (precedido de 2 comunicados de la Comisión Para el Mercado Financiero – C.M.F.- en 2019, sobre la liquidez de las C.A.R.V. y su incursión en el mercado inmobiliario «sin resguardos»), avisando también de un colapso de los ahorros en poder de las Administradoras (respecto de lo cual las C.A.R.V. y las AFP en Chile no tomaron ningún resguardo, cumpliéndose el anticipado colapso de los montos de los ahorros anunciado por el B.C.E.).

La actual «quiebra técnica» de las C.A.R.V. (que pagan las pensiones cuando un cotizante no se jubila por “retiro programado”) no ha sido refutada en Chile ni por la Comisión para el Mercado Financiero (C.M.F.), ni por el Poder Judicial. Por el contrario, Joaquín Cortez (Presidente de la CMF), argumentó la precariedad de las C.A.R.V., ante el Congreso, argumentando que la suspensión del pago de cuotas de créditos bancarios (principalmente hipotecarios) comprometía su liquidez, pues dichas compañías (durante la Pandemia) dejarían de percibir ingresos por el cobro de “seguros hipotecarios”, lo que implica un 40 % de los montos destinados por dichas Compañías a pagar las pensiones.

El informe de Joaquín Cortez (antes referido), claramente procuró torpedear un importante proyecto de ley, especialmente “sensible” para el Senado. (Pese a que hace años, el Presidente de la CMF había sido advertido de la precariedad de las C.A.R.V., sin haber tomado las debidas medidas de resguardo, para acto seguido, argumentar la misma “precariedad” ante el Congreso, y perjudicar así un indispensable proyecto de ley).

Joaquín Cortez nunca informó al Senado, que hace años había sido advertido de la «quiebra técnica» de las C.A.R.V, pese a lo cual no tomó las debidas medidas de resguardo.

6. Al no existir en Chile un verdadero sistema de Pensiones ni de «Seguridad Social» (con el status “Previsional” que cumpla el requisito de “dignidad”), desaparece el fundamento jurídico que justifica limitar la disponibilidad de la propiedad de los ahorros que están en poder de las AFP.

7. El Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, declaró que al tocar el sistema de AFP, se está «de alguna manera violando el acuerdo» por una nueva Constitución firmado en noviembre pasado.

Por otra parte, la oposición ya refutó la declaración de Briones, sosteniendo que «El acuerdo constituyente jamás estableció suprimir debates constitucionales previos».

Si lo declarado por Ignacio Briones es cierto, el “Acuerdo por la Paz” suma una ilegitimidad adicional, con la misma clase de prevaricación que envolvía a las negociaciones que “otrora” propugnaban la impunidad por las privatizaciones verificadas durante el régimen terrorista de la dictadura cívico militar (en que varios se llevaron las empresas estatales “para la casa”).

Por el contrario, si la declaración del titular de Hacienda es falsa, Briones debe renunciar.

8. Resulta paradójico que los grandes empresarios, los mismos que se han negado a una reforma tributaria que grave las principales fortunas de Chile, los mismos que se han coludido dañando a los consumidores, sean esos los que hoy se alzan con un comunicado llamando a “rectificar el rumbo” y a impedir que el proyecto de ley que entrega el 10% de los ahorros previsionales lleguen a sus cotizantes. Están desesperados y no quieren perder sus privilegios, no quieren que se les termine la gallina de los huevos de oro, pero desgraciadamente para ellos, la historia transcurre más allá de las cortapisas y límites que quiere imponer la elite, hoy es una piedra del muro la que se les quita con la aprobación de este proyecto, pero el muro caerá más temprano que tarde».

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