Juzgado ordena al Registro Civil inscribir a adolescente con género no binario

7 mayo, 2022

La jueza del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, Karen Becker Cares, “marcó un hito”, al ordenar al Registro Civil inscribir a un adolescente de 17 años con género no binario, destacó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

La sentencia fue dictada el pasado 25 de abril, dos meses después de que el adolescente solicitara al Tribunal el cambio del nombre y sexo femeninos asignados al nacer, contando para el ello con el respaldo de su padre, un abogado, y de su madre, una psicóloga.

La vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, resaltó que “esta sentencia marca un hito, en tanto define el no binarismo, reconoce que los géneros son fluidos, termina con la imposición del binarismo en la identidad legal y lleva a la praxis importantes principios de la Ley de Identidad de Género, de la Declaración universal de Derechos Humanos, de la Convención de los Derechos del Niño y de los pronunciamientos de la Corte Interamericana de DDHH”.

“Animamos a más personas que no se sienten identificadas ni como hombre, ni como mujeres, a exigir en tribunales y/o en el Registro Civil que se reconozca su género no binario”, apuntó Zúñiga.

En su demanda, el padre y la madre comentaron que su hije “en una oportunidad al ver a un personaje de una serie, de identidad de género masculino, de nombre _ sintió que ese nombre la identificaba más que su nombre actual, pues dicho nombre es utilizado tanto para hombres como para mujeres. De ese modo, al pasar los años, lentamente comenzó a solicitar a todos sus cercanos y amigos que le llamaran por el nombre Este cambio de su nombre de pila además, con los años, le permitió identificarse como una persona de género fluido, sin identificarse completamente ni con el género femenino ni masculino, transitando libremente entre ambos, y utilizando ambos pronombres para referirse a elle misme”.

Atendiendo a lo expuesto, el tribunal estableció que “las identidades no binarias son aquellas que no se identifican con uno de los dos géneros reconocidos en la mayoría de culturas occidentales: la de hombre o la de mujer. La etiqueta de no binario puede encapsular una multitud de significados, ya que uno puede o identificarse como hombre y mujer, o dentro del espectro masculino-femenino, o puede no identificarse como ninguno”

Estas identidades, añadió la jueza Becker Cares, “a menudo se denotan también como identidades «trans», diferenciándose de las identidades trans binarias (quienes ocupan una posición más visible en la sociedad) en que incluye aquelles que en su transición cambian de un género binario al otro, ya sean hombres trans o mujeres trans. La categoría identitaria de «no binarie» ocupa un espacio social y lingüístico ambiguo, basada en la deconstrucción de categorías fundamentalmente integradas en la realidad política y social como estructura de poder y conocimiento”

“El género, siendo no solo una categoría individual, pero cuya inteligibilidad permite la reproducción de estructuras sociales, crea precariedad para aquelles quienes no se ajustan a las dos opciones actualmente disponibles”, apuntó la sentencia

Teniendo en consideración los principios de interés superior del niño y de autonomía progresiva establecidos en la Ley de Identidad de Género, la Convención de los Derechos del niño, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Observación General número 12 del Comité de los Derechos del Niño y la Opinión Consultiva 24/17 de 24 de noviembre de 2017, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la jueza finalmente ordenó al Registro Civil reconocer el género no binario.

“Actualmente hay antecedentes de reconocimiento legal de identidades de género no binarias en, al menos, 19 Estados miembros de Naciones Unidas, siendo Australia el primer país en reconocer el género indefinido, referente a Alex MacFarlane en el año 2003. Fue en 2014 cuando el Tribunal Superior de Australia determinó la existencia de un sexo «no definido» con el que poder registrarse en documentos oficiales, como una tercera categoría además de la de hombre y mujer”, finalizó la sentencia.

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