Girardi y aborto terapeútico: “espero que la Comisión Constitución respalde lo aprobado”

12 junio, 2017

El senador Guido Girardi, presidente de la Comisión de Salud, manifestó su interés de que el informe final sobre el proyecto de ley que despenaliza la interrupción del embarazo por tres causales -ya aprobado por la entidad que preside- sea enviado este miércoles a la Comisión de Constitución con el fin de que empiece a ser tramitado el próximo lunes “para que en julio sea despachado por el Congreso”.

Girardi señaló que esperaba que la Comisión de Constitución, “apoye en general lo ya obrado que no ha sido más que ratificar gran parte de lo acordado y consensuado en la Cámara de Diputados respecto a plazos y otros temas”.

El senador dijo que “esperamos que este proyecto este despachado del Congreso en julio pues tiene un gran respaldo ciudadano y es un paso para generar en Chile más equidad, democracia y libertad. La actual situación (penalización del aborto) es una forma brutal de autoritarismo y de menoscabo a la mujer. Este proyecto les otorga el derecho a decidir sobre su propia vida que hoy no tienen”.

Consultado sobre los dichos del rector de la Universidad Católica, Ignacio Sánchez, en cuanto que en el Hospital Clínico de la UC no se harían abortos, apelando a la objeción de conciencia, el parlamentario PPD señaló que “esta ley garantiza el derecho a decidir de la mujer, particularmente en estas tres causales y queremos que sea una política pública válida para todos”.

Sin embargo, agregó que “se buscó una fórmula intermedia, que me parece razonable, porque reconoce una situación excepcionalísima que faculta a algunas personas a no cumplir con la ley como es la objeción de conciencia, pero individual porque las instituciones no tienen conciencia”.

Sobre el caso del Hospital Clínico de la UC, Girardi afirmó que “tendrán que establecer objeción de conciencia individuales, pero deberán responsabilizarse que si una persona llega ahí -lo que difícilmente va a ocurrir- establecer una derivación y garantizar que esa mujer pueda cumplir con su derecho de interrumpir su embarazo en estas tres causales”.

Pero aclaró que “lo que no aceptamos es que haya una fórmula legal de objeción de conciencia institucional y tampoco hacerla extensiva a todo el pabellón porque eso inviabilizaría totalmente la posibilidad que una mujer pueda interrumpir su embarazo”.

¿La UC se arriesga a una sanción como perder fondos públicos, por ejemplo?

Varios senadores estiman que ninguna institución que reciba fondos públicos pueda abstenerse de practicar la intervención en estas tres causales. Yo creo que es suficiente una mayor transversalidad y tener un cierto consenso que al menos exista una objeción individual. Esta igual tiene ciertos límites como que no haya otro médico donde derivar a la persona o exista riesgo vital inmediato o en el caso de una violación de una menor de 14 años esté a punto de cumplirse las 14 semanas establecidas por la ley. En esos casos no hay objeción de conciencia, ni siquiera individual.

¿Un grupo de expertos debe emitir su opinión?

Si hay inviabilidad fetal o riesgo materno es evidente que debe haber un equipo con experiencia en esta materia. Es distinto en el caso de la violación en que sólo se necesita la convicción y evidentemente cuando una mujer denuncia que tiene un embarazo producto de una violación el equipo de salud, si es mayor de edad, está obligado a denunciar al Ministerio Público por lo tanto va haber investigación.

¿Para la inviabilidad fetal se requiere certificado médico?
Creo que basta con un buen diagnóstico. Este tipo de lesiones no son relativas, son muy claras. Normalmente son expertos o que tienen experiencia materno fetal son quienes establecen la magnitud del daño.

El Servicio público tiene sólo 17 expertos…
En Chile faltan muchos especialistas en diversas materias y por lo tanto habrá que fortalecer la formación de especialistas para cumplir, no sólo con esta ley, sino con todos los derechos de acceso a la salud, pero normalmente ese diagnóstico requiere un grado de especialidad y de experiencia.

¿En el caso de las menores se va a requerir la intervención de un tribunal?
Si es menor de 14 años serán sus padres o representantes legales quienes intervengan en la decisión. Pero si existe la percepción que el violador es integrante de la familia o cuenta con la complicidad de esta o de los representantes legales, un juez de familia tendrá 48 horas para resolver”.

Síguenos en Twitter