Presentan proyecto de ley para abolir definitivamente la pena de muerte

2 agosto, 2022

La diputada Lorena Fries (Independiente-CS) presentará  este martes una iniciativa legal para suprimir la pena de muerte que está aún vigente en el Código de Justicia Militar para delitos ocurridos mientras   se declare el estado de guerra.

Este martes en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados y Diputadas, la diputada Lorena Fries (Independiente-CS) presentó un proyecto de ley para abolir definitivamente la pena de muerte de nuestro ordenamiento jurídico. Actualmente la pena de muerte se encuentra vigente en el Código de Justicia Militar que la considera para delitos en tiempos de guerra, como traición a la patria, rebelión militar en presencia del enemigo, sedición o motín militar, negativa abierta a cumplir una orden de servicio, ante el enemigo, maltrato de obra a un superior causándole la muerte, entre otras.

“Este proyecto de ley se inspira en entender que los argumentos basados en la tradición militar no pueden sobreponerse a la evolución del ordenamiento jurídico en orden a adoptar medidas para abolir la pena de muerte. La legislación vigente va en sentido contrario a  los tratados suscritos por Chile en materia de Derechos Humanos, como la propia Declaración Universal y el Estatuto de Roma” afirmó la diputada Lorena Fries, autora del proyecto.

La parlamentaria recordó que la pena de muerte fue derogada como castigo para delitos comunes en 2001. Pero “Chile está entre los países que no han derogado completamente la pena de muerte junto a Brasil, Perú, Israel, El Salvador, Guatemala, y Kazajistán, lo que va en contra de la evolución que ha tenido el Derecho Internacional en esta materia. Además toda la evidencia jurídica muestra la nula capacidad disuasiva de la pena de muerte”

La iniciativa legal  que se presenta hoy,  busca cambiar la pena de muerte por presidio perpetuo calificado, y tiene en cuenta que el artículo 418 del Código de Justicia Militar, vigente desde 1944, considera que el estado de guerra se entiende “no sólo cuando ha sido declarada oficialmente la guerra o el estado de sitio, en conformidad a las leyes respectivas, sino también cuando de hecho existiere la guerra o se hubiere decretado la movilización para la misma, aunque no se haya hecho su declaración oficial”.

“Esta disposición legal, es la que permitió los consejos de guerra a partir de 1973. No es posible que la pena de muerte exista en nuestro ordenamiento jurídico como una posibilidad de ser usada como método de acción política. Este proyecto, además de poner a Chile en sintonía con la tendencia en el Derecho Internacional, es también una medida de reparación hacia los familiares de las personas ejecutadas usando el mecanismo de los consejos de guerra durante la dictadura”, concluyó la diputada Fries.

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