La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de casación interpuesto por Aguas Araucanía, contra una multa de $16.800.000 establecida por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).
Así, el tribunal de alzada aprobó la sanción que había determinado el organismo fiscalizador debido a los cortes en el suministro de agua ocurridos en Angol durante tres días en febrero de 2013.
Aguas Araucanía recurrió alegando que la discontinuidad del servicio se debió a la construcción del nuevo Puente Vergara en la ciudad, que estaba desarrollando otra empresa, por lo que el corte sería “caso fortuito o fuerza mayor”. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó esa explicación, sosteniendo que la empresa tenía conocimiento oportuno de las faenas y pudo haber desarrollado medidas preventivas.
La Corte estableció que la continuidad del servicio es responsabilidad de la concesionaria y que al suspender el servicio se incumple la Ley General de Servicios Sanitarios.