Corte de Apelaciones de Santiago confirma condena por homicidio en Recoleta

22 abril, 2019

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a Naim Hanna Nicola Abu-Hadba Sarrás y Nadeem Nicolás Abuhadba Mussa a las penas efectivas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito consumado de homicidio de Nabil Hanna Abuhadba Sarras. Ilícito perpetrado en la comuna de Recoleta, en mayo de 2017.

En fallo unánime (causa rol 1.134-2019), la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Alejandro Rivera, José Pérez Anker y Bárbara Quintana– rechazó los recursos de nulidad deducidos en contra de la sentencia, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a los recurrentes.

«Que, en efecto, en el extenso fundamento Décimo Tercero de la sentencia, el tribunal a quo analiza latamente la prueba de cargo rendida en la audiencia de juicio oral y expone con precisión y detalle las diversas razones que concurren para considerar que el acusado, ya individualizado, en compañía del co-imputado agredieron a la víctima hasta causar su muerte, ajustándose en todo momento a las exigencias previstas en el motivo que antecede, lo que permite excluir una duda razonable respecto de la existencia de la participación que a éste cupo en el hecho punible», sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «como se aprecia, del análisis en conjunto de los medios de prueba rendidos, a los que se ha hecho referencia precedentemente, cuyo mérito fue lo que permitió adquirir, más allá de toda duda razonable, la convicción de haberse demostrado la efectividad del hecho punible que pretendía el Ministerio Público como la participación culpable del recurrente, se descartan las deficiencias u omisiones que dice ver su defensa».

Por tanto, concluye que: «SE RECHAZAN los recursos de nulidad deducidos por las defensas de los acusados Naim Hanna Nicola Abu-Hadba Sarrás y Nadeem Nicolás Abuhadba Mussa, dirigidos en contra de la sentencia de dieciséis de febrero de dos mil diecinueve dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, y en contra del juicio oral que le antecedió en el proceso RUC 1700447898-3, RIT 450-2018, los que en consecuencia, no son nulos«.

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