Corte de Apelaciones ratificó en fallo unánime suspensión condicional a personalidad jurídica de SQM

14 febrero, 2018

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones confirmó en votación unánime la suspensión condicional aplicada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago a la personalidad jurídica de SQM, y que había sido solicitada por el Fiscal Regional de Valparaíso, Pablo Gómez, quien lidera la investigación por financiamiento ilegal de la política.

La minera enfrentaba cargos por el delito de cohecho, sin embargo, en la audiencia del 26 de enero, la Fiscalía solicitó aplicar la salida alternativa imponiendo el pago de $900 millones al fisco y $1.650 a organismos de beneficencia.

Si bien el tribunal de primera instancia accedió a esta decisión, el Consejo de Defensa del Estado, querellante en la causa, apeló ante la Corte de Apelaciones en oposición al dictamen, siendo rechazado el recurso y confirmada la voluntad del Tribunal de Garantía.

«Destacamos el fallo unánime y que los tribunales hagan propios los argumentos de la Fiscalía. Es destacable que no hubiera cuestionamiento alguno a la imputación ni se discutiera la calidad de la investigación liderada por el Ministerio Público. Sin embargo, lo más importante es el aporte en favor de fundaciones de beneficencia, ya que con esta salida alternativa se favorece mucho más a la sociedad que con otro tipo de salidas», dijo el Fiscal Gómez.

En el fallo emitido por los magistrados Javier Moya, Jaime Balmaceda y Maritza Villadangos, se destaca como argumento la razonabilidad jurídica de la investigación y de la discrecionalidad que atañe al Ministerio Público en la toma de decisiones.

«Es el fiscal quien se encuentra en mejor posición para juzgar la conveniencia del acuerdo como responsable de la investigación (…) Es el fiscal quien representa el interés público o de la sociedad, y es el criterio que debe predominar (…) La decisión de ir o no a juicio oral corresponde al fiscal atento su rol de evaluador previo de las evidencias y estrategia al efecto», se lee en el fallo.

Finalmente, la Corte destaca que el acuerdo entre la Fiscalía y SQM cumple con el requisito de la posibilidad jurídica de la pena eventual y que cumple con los requisitos explícitos exigidos por la ley.

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