Corte de Apelaciones revoca juicio que condenó a 15 años a haitiana por parricidio

24 noviembre, 2022

El 22 de marzo de 2021 en la comuna de Coltauco la ciudadana haitiana, Medjine Demostenese, es detenida por la supuesta responsabilidad en la muerte de su marido a raíz de heridas provocadas con un arma blanca. La pareja vivía junto a su hijito en una comunidad de migrantes en los que muy pocas personas hablan el español, por tanto, todo el relato de los hechos adquiridos por los policías se basó en lo que algunos vecinos, también haitianos, declararon en el momento.

Medjine es representada por el defensor de Rengo, Gonzalo Silva, quien durante todo el proceso ha denunciado la carente prueba con la que cuenta el Ministerio Público y que ha tenido a su representada privada de libertad durante más de un año, sin embargo, su postura no había sido considerada sino hasta ahora, cuando el tribunal oral en lo penal de Rancagua condenó a la mujer a 15 años y un día por el delito de parricidio, resolución que fue anulada por la Corte de Apelaciones.

En el recurso de nulidad presentado por el defensor Gonzalo Silva y alegado por el defensor Cristian Miranda, se señala que «no ha existido en la causa prueba de calidad que dé certeza irrefutable de la supuesta participación de la sentenciada». manifiesta además que, en el levantamiento de evidencia, no se contó un traductor, ajeno al hecho punible, que garantice la imparcialidad de los testimonios entregados por otros haitianos de la comunidad

Además, el fallo consigna que no se realizó análisis respecto a la procedencia de las manchas de sangre que se encontraron en la habitación de la pareja, en las vestiduras de la imputada y en las de otras personas.

Por otro lado, la defensa señaló que al juicio no llegó ningún haitiano que estuvo en el momento de la comisión del delito y que la prueba se basó en la declaración de policías que estuvieron en el lugar y que daban cuenta del relato de terceros.

Considerando todos estos elementos, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua dejaron sin efecto el juicio, condena y sentencia del caso, ordenando la realización de un nuevo juicio oral.

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