Corte de Santiago acoge demanda por apropiación indebida de fondos de sindicato bancario

10 mayo, 2019

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la demanda presentada por el Sindicato Unificado de Empresas BBVA por los perjuicios causados por la apropiación indebida de fondos de la organización sindical.

En fallo unánime (causa rol 7.058-2018), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Soledad Melo, Jessica González y el abogado (i) José Luis López– dio lugar a la acción judicial, tras establecer el actuar doloso del demandado.

«Que así las cosas, corresponde acoger la demanda por cuanto se encuentra probado el daño emergente -cierto, real y efectivo- padecido por el actor correspondiente al monto de la suma defraudada por ser ésta la consecuencia directa del actuar doloso del demandado», sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «en esta etapa del razonamiento, establecida la existencia del actuar ilícito en que incurrió el demandado, el daño patrimonial directo causado a la actora y la relación causal entre la conducta dolosa y el menoscabo acreditado, corresponde hacer lugar a la demanda solo por el daño emergente ascendente a la suma de $127.228.495, más reajustes de conformidad a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor entre el mes que precede a la fecha de ejecutoria de este fallo y el precedente a su pago efectivo, más intereses corrientes para operaciones no reajustables a contar de la data de la mora».

Por tanto, concluye:
«I.- Que se revoca la sentencia apelada de fecha ocho de mayo de dos mil dieciocho, en cuanto por ella rechazó en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por el Sindicato Unificado de Empresas BBVA, decidiendo que cada parte pagará sus costas y en su lugar se declara que se la acoge solo en cuanto el demandado debe pagar al actor la suma de $127.228.495 (ciento veintisiete millones doscientos veintiocho mil cuatrocientos noventa y cinco pesos) a título de daño emergente, más reajustes e intereses señalados en el motivo séptimo de este fallo, con costas.
II.- En lo demás apelado, se confirma la referida sentencia».

 

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ICA Santiago
Primera instancia
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