Corte de Santiago oficializa sentencia de desafuero de senador Fulvio Rossi

4 enero, 2018

La Corte de Apelaciones de Santiago dio a conocer la sentencia íntegra que acogió la solicitud de desafuero del senador Fulvio Rossi Ciocca, investigado por el Ministerio Público por delitos tributarios, en el marco del denominado caso SQM.

La resolución se encontraba en fase de redacción desde el 15 de octubre pasado, y contiene todos los argumentos por los cuales, en decisión dividida, el tribunal pleno del tribunal de alzada privó de inmunidad parlamentaria al senador.

«Por lo que hasta aquí se ha razonado, aparece que se configuran los parámetros exigidos en esta etapa procesal, esto es, los previstos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, como requisito previo y necesario para la prosecución penal en contra del señor Fulvio Rossi Ciocca, en su calidad de H Senador de la República, específicamente, para disponer una medida cautelar en su contra, a fin de garantizar un racional y justo proceso como lo prevé el articulo 19 N°3 inciso 5° de la Constitución Política de la República; sin perjuicio de lo que se resuelva en la oportunidad procesal pertinente», sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «así las cosas y como ya se adelantó en esta resolución, no corresponde emitir pronunciamiento sobre las alegaciones acerca de la correcta o definitiva tipicidad de la conducta antijurídica que se ha imputado al H. senador Rossi ni sobre la clase de intencionalidad con la cuales se llevaran a cabo los hechos denunciados, pues el aspecto volitivo – subjetivo, debe definirse y/o resolverse por los jueces que conozcan de la causa propiamente tal y no en esta vía, por las razones que ya han sido expuestas y anteriormente expresadas».

«(…) por lo antes concluido y analizado este Tribunal Pleno accederá a lo pedido por el Ministerio Público y en consecuencia, se priva al señor senador de su fuero, debiendo seguirse adelante en cuanto a la tramitación penal conforme a las reglas generales», añade.

Por lo tanto, concluye: «SE ACOGE el desafuero y en consecuencia, se da lugar a la formación de causa en contra del Honorable senador Fulvio Rossi Ciocca, respecto del delito previsto y sancionado en el artículo 97 N°4 inciso final del Código Tributario».

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