Fallo de la Corte Suprema que rechaza protección por negativa a entregar personalidad jurídica a organización pro cannabis

10 agosto, 2018

La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado en contra de la Municipalidad de Cañete que negó tramitar la personalidad jurídica solicitada por la «Agrupación Red Cannabica de Apoyo a la Salud Pública».

En fallo dividido (causa rol 6.141-2018), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y el abogado (i) Rafael Gómez– confirmó la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción en marzo pasado, que rechazó la acción cautelar deducida por la organización comunitaria que fomenta el cultivo y consumo de marihuana (cannabis sativa).

«Que del mérito de los antecedentes consta que la actuación de la recurrida no adolece de ilegalidad alguna, desde que su actuar se ha enmarcado en lo previsto en el artículo 8° de la ley 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, que permite al Secretario Municipal objetar la constitución de éstas por incumplimiento de requisitos legales, facultad que en este caso ha sido precisamente ejercida por dicha autoridad comunal», establece el fallo ratificado.

La resolución agrega que: «tampoco se vislumbra arbitrariedad en el proceder de la recurrida, como quiera que la decisión que adoptó se encuentra debidamente fundada en el informe de la asesora jurídica del mismo municipio, que obra en autos y que la recurrente no niega haber conocido oportunamente».

«(…) en razón de lo que se viene diciendo, el recurso de protección será desestimado, por no existir actuación ilegal o arbitraria de parte de la recurrida que merezca ser subsanada por esta vía», concluye.

Decisión de la Corte Suprema adoptada con los votos en contra de los ministro Muñoz y Sandoval.

 

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