Incendios de 2017: con histórico plan de reparación el Tribunal Ambiental de Santiago cerró demandas por daño ambiental en contra de CGE Distribución

10 marzo, 2020
  • Conciliación alcanzada por las partes, establece la reparación de más de 9 mil hectáreas de terreno, en un plazo de 10 años.

Santiago, 10 de marzo de 2020.- Con el establecimiento de un histórico Plan de Reparación, el Tribunal Ambiental de Santiago cerró por conciliación, las demandas por reparación de daño ambiental interpuestas por las municipalidades de Marchigüe y Paredones en contra de CGE Distribución, a raíz de los incendios que afectaron a esas comunas en enero de 2017.

Las bases del Plan de Reparación fueron elaboradas por el Tribunal Ambiental, como parte del proceso de conciliación, fueron suscritas tanto por los alcaldes de Marchigüe, Héctor Flores, y Paredones, Jorge Ormazábal, como por los abogados representantes de la empresa y los ministros del Tribunal, Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Felipe Sabando.

Establece medidas materiales e inmateriales de reparación, así como acciones de mitigación y/o reparación del medio ambiente dañado para subsanar las consecuencias que dejaron los incendios forestales. Estas deben ser ejecutadas por la empresa eléctrica.

El alcance territorial del Plan abarca 9.146 hectáreas, correspondiente a bosque y vegetación nativa afectada, en sitios identificados por las demandantes, además se incluyen otros tres sitios adicionales en las mismas -identificados como prioritarios de reparación-, pero que no necesariamente se encuentran dentro de las zonas afectadas incluidas en las demandas.

El Plan de Recuperación considera la denominada metodología de restauración ecológica, cuyo objetivo es llevar un ecosistema degradado hacia una trayectoria de recuperación, que permita su adaptación a cambios globales y locales, así como la persistencia y evolución de las especies que lo componen.

La conciliación suscrita por los municipios y GCE Distribución propone la realización de cinco etapas consecutivas, alguna de las cuales se componen de más de una actividad o fase: etapa de preparación previa; planificación y diseño; aprobación del Plan de Reparación; desarrollo e implementación; y monitoreo y evaluación.

Las medidas materiales de reparación, su monitoreo y seguimiento, así como las medidas inmateriales, deberán ser aprobadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

La primera demanda fue ingresada por la Municipalidad de Marchigüe, y fue admitida a trámite por el Tribunal con el rol D-33-2017; la segunda fue presentada por la Municipalidad de Paredones y admitida a con el rol D-34-3017.

Ir al expediente de la causa D-33-2017, acumula D-34-2017

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