Ministro Vázquez emite fallo que condena a agentes de la DINA por secuestro de dirigente del Partido Socialista Joel Huaquiñir

8 septiembre, 2017
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó a dos exmiembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado del dirigente socialista Joel Huaquiñir Benavides. Ilícito perpetrado a partir del 27 de julio de 1974.
En el fallo (causa rol 47.518), el ministro de fuero condenó a Miguel Krassnoff Martchenko y Basclay Zapata Reyes a penas efectivas de 10 años de presidio, en calidad de autores del delito. En tanto, los agentes César Manríquez Bravo y Orlando Manzo Durán fueron absueltos por no acreditarse su participación en los hechos.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Vázquez Plaza logró establecer los siguientes hechos:
«a) Que, un grupo de agentes pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, que dependían de la Brigada de Inteligencia Metropolitana, BIM, se abocaron a investigar las actividades de personas que formaban parte del Partido Socialista y de aquellos que colaboraban con dicho organismo, procediendo a detener a integrantes y/o adherentes al citado movimiento, llevándolos a lugares secretos de detención que mantenía el organismo, donde eran interrogados bajo apremios físicos.
b) Que Joel Huaiquiñir Benavides en el año 1974 era militante del Partido Socialista de Chile y miembro del Comité Central de dicho conglomerado político, quien el día 27 de julio de 1974 fue detenido en el domicilio de Guillermo Naveas Gramattico, por agentes operativos de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), siendo llevado al cuartel clandestino de detención ubicado en calle Londres 38, lugar donde fue torturado, siendo visto en dicho recinto por otras personas que también estaban en calidad de detenidas.
c) Que, el indicado Huaiquiñir Benavides era constantemente interrogado bajo torturas y trasladado a lugares fuera del recinto, entre otros a Villa Grimaldi, ya que durante el año 1973 se había desempeñado como dirigente sindical en el Mineral El Salvador. Regresó al cuartel de calle Londres 38, donde estuvo hasta la última semana del mes de agosto del año 1974, fecha en que es trasladado a Cuatro Álamos, que era utilizado como recinto de detención y tortura por agentes de dicha organización, donde también fue visto por otros detenidos y se le mantuvo privado de libertad hasta el mes de agosto de 1974, desconociéndose desde esa fecha su paradero».
En el aspecto civil, la sentencia condenó al Estado de Chile a pagar la suma total de $330.000.000 (trescientos treinta millones de pesos) a la cónyuge e hijos de la víctima por concepto de daño moral.
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