Primer TOP de Santiago condena a 15 años de presidio a autor de robos frustrados en Lo Prado

22 julio, 2022

El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy –viernes 21 de julio– a Liut Aurelio Rubilar Tiznado a la pena única de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos frustrados de robo con intimidación y robo con violencia e intimidación. Ilícitos perpetrados en octubre de 2019, en la comuna de Lo Prado.

En fallo unánime (causa rol 163-20221), el tribunal –integrado por las magistradas Virginia Rivera Álvarez (presidenta), Ana Carolina Larredonda Muñoz e Irma Tapia Valdés (redactora)– aplicó, además, a Rubilar Tiznado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de la especie incautada.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 15:45 horas del 28 de octubre de 2019, “(…) LIUT RUBILAR TIZNADO llegó hasta el supermercado de nombre de fantasía La Africana, ubicado en Av. San Pablo N°7171, de la comuna de Lo Prado y utilizando un arma que aparentaba ser de fuego, intimidó al guardia de seguridad del local, Gabriel Plaza Césped y le señaló ‘échate para atrás weón, esto es un asalto’, luego de lo cual le arrebató su equipo radial botándolo y se dirigió hasta la caja N° 7 del local con la intención de sustraer dinero, forzando la caja, sin lograr abrirla, ante lo cual se dio a la fuga huyendo por Av. San Pablo”.

“Acto seguido, el mismo día 28 de octubre de 2019, a las 15:50 horas aproximadamente, LIUT RUBILAR TIZNADO, ingresó a la carnicería de nombre ‘Carnes Picar’, ubicada en Av. Gabriela Mistral N°803, comuna de Lo Prado y utilizando un arma que aparentaba ser de fuego, intimidó a Jorge Garrido Garrido señalándole ‘entrega la plata concha tu madre’, acto seguido se aproximó a la caja registradora, introdujo su mano y sustrajo $130.000 en dinero en efectivo, exigiéndole a la víctima que le entregara más dinero. En un momento de descuido del acusado, la víctima se abalanzó sobre él, comenzando un forcejeo, momentos en que el acusado lo golpeó en reiteradas ocasiones con el arma en la cabeza para luego tratar de huir del local siendo reducido y detenido por otras personas que estaban en el lugar”, añade.

A consecuencia de la agresión, Garrido Garrido resultó con una herida en la zona interparietal, de carácter menos grave.

En la determinación del quantum de la pena a imponer a Rubilar Tiznado, el tribunal tuvo presente que: “(…) resultó responsable de un delito de robo con intimidación y un delito de robo con violencia e intimidación, que se sancionan con la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a máximo; concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia del artículo 12 N° 16 del Código Penal, debe hacerse aplicación a la norma de determinación de pena del artículo 449 N° 2 del mismo código, que obliga a excluir el grado mínimo, quedando en consecuencia en el tramo de presidio mayor en su grado medio a máximo y atendida la reiteración de delitos de la misma especie y el artículo 351 del Código Procesal Penal, se considerarán ambos hechos como un solo delito, debiendo aumentar en un grado la pena, quedando en definitiva en el tramo del presidio mayor en su grado máximo, estimando del caso imponer la que se dirá en lo resolutivo, como pena única, por ser más condigno con los hechos, la concurrencia de una atenuante, el grado de desarrollo de ambos delitos y la menor extensión del mal causado”.

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