La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema mantuvo las condenas en contra de tres ex militares y agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA por su responsabilidad en el secuestro calificado de Rodolfo Marcial Núñez Benavides, militante del Partido Comunista y quien se desempeñaba como vendedor de lácteos al momento de su detención el 18 de mayo de 1976. Núñez, estuvo prisionero en Villa Grimaldi y Simón Bolívar, y a la fecha permanece como desaparecido.
Los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Cristina Gajardo, y los abogados integrantes Juan Carlos Ferrada y Eduardo Gandulfo, dejaron a firme las condenas contra los ex funcionarios del Ejército Juvenal Piña Garrido, (sargento primero); Pedro Espinoza Bravo (brigadier) y Juan Morales Salgado (coronel), a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autores del delito de secuestro calificado de la víctima.
De esta manera, el máximo tribunal confirmó en lo penal las sentencias de primera instancia dictada en 2023 por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes y de segundo grado emitida por la Corte de Apelaciones de San Miguel en 2024.
Morales Salgado falleció el año pasado, mientras que Piña Garrido y Espinoza Bravo permanecen actualmente cumpliendo condenas por diversos delitos de lesa humanidad, en el Centro Penitenciario Colina I y en Punta Peuco, respectivamente.
«Tras 52 años desde la detención y posterior desaparición de Rodolfo Núñez Benavides, su familia ha logrado encontrar un poco de justicia. El fallo dictado por la Segunda Sala de la Excelentísima Corte Suprema constituye un hito significativo en la larga y dolorosa búsqueda de la verdad”, expresó la querellante Carolina Vega, del Estudio Caucoto Abogados.
Agregando que “Hoy existe una condena que se suma a las penas que ya cumplen los victimarios. Sin embargo, la justicia sigue incompleta: aún no sabemos dónde se encuentra Rodolfo Núñez Benavides. Mientras no se conozca su destino final, la lucha por la verdad y justicia continuará.»
Por otra parte, el máximo tribunal, acogió el recurso de casación presentado por la parte querellante y, en sentencia de reemplazo, confirmó la resolución de primer grado que condena al fisco a elevar el monto de indemnización por concepto de daño moral, a los hijos y nietos de Rodolfo Núñez Benavides.
LOS HECHOS
De acuerdo a la investigación realizada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes se pudo comprobar los siguientes hechos:
Que, mediante el Decreto Ley N° 521, publicado en el Diario Oficial el 18
de junio de 1974, se creó la Dirección de Inteligencia Nacional, iniciándose a partir de esa fecha una fuerte etapa represiva en la que el gobierno persiguió y encarceló a miembros de los Partidos Políticos disueltos por el Decreto Ley N° 77, publicado en el Diario Oficial el 13 de octubre de 1973, entre ellos a los militantes y dirigentes del Partido Comunista.
2° Que el año 1976 la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) estaba a
cargo del Coronel de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda
-actualmente fallecido-, secundado por el Director de Operaciones de dicho organismo, Teniente Coronel de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo, quien tenía bajo su mando a todas las Brigadas Regionales, desde Arica a Punta Arenas, entre ellas, a la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM), comandada por el Teniente Coronel de Ejército Carlos José Leonardo López Tapia -también fallecido-.
3° Que de la Brigada de Inteligencia Metropolitana dependía la Brigada
Lautaro, a cargo del Mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, unidad que ocupaba el cuartel “Simón Bolívar”, ubicado en la calle Simón
Bolívar de la comuna de La Reina.
4° Que, asimismo, en la época de los hechos operaba un grupo de élite
denominado “Delfín”, a cargo del Capitán de Ejército Germán Barriga Muñoz y el Teniente de Carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires -ambos fallecidos-, que fue creado con el propósito de perseguir y exterminar a la
dirigencia del Partido Comunista, que trabajó en el centro de detención clandestino denominado “Villa Grimaldi” y, luego, en el cuartel “Simón Bolívar”.
5° Que, en ese contexto, el día 18 de mayo de 1976, alrededor de las 15:00 horas, en avenida Departamental al llegar a avenida Ochagavía, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional detuvieron sin derecho a Rodolfo Marcial Núñez Benavides, militante del Partido Comunista, quien viajaba junto a su hijo Rodolfo Francisco Núñez Moya en un station wagon marca Renault.
6° Que, ese mismo día, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional} allanaron el domicilio de Núñez Benavides, ubicado en calle Sergio Ceppi N° 0814 de la comuna de La Cisterna.
7° Que, inicialmente, los captores mantuvieron encerrado a Rodolfo Marcial Núñez Benavides en el centro de detención clandestino de la Dirección de Inteligencia Nacional denominado “Villa Grimaldi”, ubicado en avenida José Arrieta N° 8.200 de la comuna de Peñalolén, recinto a cargo del Teniente Coronel de Ejército Carlos José Leonardo López Tapia.
8° Que, con posterioridad, Rodolfo Núñez Benavides fue trasladado al centro de detención clandestino “Simón Bolívar”, situado en calle Simón Bolívar de la comuna de La Reina, recinto a cargo del Mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, en el que operaba la agrupación “Delfín”, a cargo de los oficiales Barriga Muñoz y Lawrence Mires, siendo la última noticia que se tiene de su parte que fue trasladado por el Cabo 1° del Ejército Juvenal Alfonso Piña Garrido, agente del grupo “Delfín”, a una dependencia del referido centro de detención que se ocupaba para torturar a los detenidos, desconociéndose desde entonces su paradero.
