Procedimientos judiciales más expeditos: mejoramiento de Ley Zamudio a segundo trámite

4 agosto, 2021

Tras la votación de cinco disposiciones, la Sala del Senado despachó en particular el proyecto que busca fortalecer la denominada Ley Zamudio, que establece medidas contra la discriminación.

La iniciativa, originada en una moción de los senadores José Miguel Insulza, Adriana Muñoz, Álvaro Elizalde, Alejandro Guillier y Juan Ignacio Latorre, tiene por objeto fortalecer la prevención de la discriminación y promover y garantizar de mejor manera el principio de igualdad, dotando de mayor eficacia a la acción de no discriminación que consagra la referida ley.

Durante la sesión de este 3 de agosto se procedió a votar separadamente cinco disposiciones que estaban pendientes de aprobación, dos de las cuales, si bien contaron con la mayoría de los sufragios, no alcanzaron el quorum de Ley Orgánica requerido para su aprobación.

Cabe recordar que durante el pasado mes de Julio se inició la votación en particular de la iniciativa (vea nota relacionada) y durante la jornada de hoy se culminó dicho proceso.

VOTACIONES SEPARADAS

Uno de los primeros puntos en ser votado fue el que señala que «será competente para conocer de la acción de no discriminación arbitraria, el juez de letras correspondiente al domicilio del demandado o del demandante, a elección de este último».

Dicha disposición contó con 22 votos a favor, 14 en contra y 1 abstención, siendo rechazada por no alcanzar el quórum necesario para su aprobación. El principal punto en discusión fue si era viable o no entregar esta competencia a los juzgados de letras que ya estarían con exceso de causas.

En este punto hicieron uso de la palabra los senadores Iván MoreiraFrancisco HuenchumillaCarlos MontesJuan Antonio ColomaRodrigo GalileaJosé Miguel Insulza y José García Ruminot.

Otro de los aspectos que se sometió a consideración de la Sala fue una disposición relativa a la Legitimación Activa que regula la acción de no discriminación arbitraria. En este punto, se solicitó votar separadamente el inciso que señala que «si la discriminación tiene carácter generalizado o afecta a sujetos múltiples, comprometiendo el interés colectivo o difuso de uno o más grupos o colectivos discriminados, la acción también podrá ser presentada por personas jurídicas sin fines de lucro dedicadas a la promoción, protección y defensa de los derechos afectados, constituidas con anterioridad a la ocurrencia de los actos u omisiones discriminatorios que se denuncian».

La norma fue aprobada con 20 votos a favor y 15 en contra y el tema en debate fue si correspondía o no la solicitud de indemnización por parte de una ONG o similar, pues a juicio de algunos, la indemnización es para resarcir a la víctima y no a terceros.

Fundamentaron sus puntos de vista los senadores Iván Moreira, Francisco Huenchumilla y Juan Antonio Coloma.

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