Corte de Santiago confirma fallo que ordenó indemnizar a hermanos torturados en Limache en 1973

15 diciembre, 2025

En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $90.000.000 por concepto de daño moral, a los hermanos Elizabet Fuentes Silva y Víctor Hernán Fuentes Silva, detenidos el 12 de septiembre de 1973 y sometidos a torturas y vejámenes en comisaría y sanatorio naval de Limache.

La Corte de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $90.000.000 por concepto de daño moral, a los hermanos Elizabet Fuentes Silva y Víctor Hernán Fuentes Silva, detenidos el 12 de septiembre de 1973 y sometidos a torturas y vejámenes en comisaría y sanatorio naval de Limache.

En fallo unánime (causa rol 14.479-2024), la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Manuel Rodríguez, Pablo Toledo y el abogado (i) Luis Hernández– ratificó la sentencia de primera instancia, dictada por el 20° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que los intereses sobre el monto de las indemnizaciones fijadas se devengarán desde que la parte demandada se constituya en mora.

“Que en tanto los intereses constituyen perjuicios por la mora, el momento a partir del cual deben estos computarse debe sujetarse a las reglas que prevé la ley y, específicamente en este caso, al artículo 1551 del Código Civil, que en su N°3 dispone que el deudor está en mora cuando ha sido judicialmente reconvenido por el acreedor”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que en razón de lo anterior, deberá enmendarse el fallo de primer grado en este aspecto, disponiéndose precisamente que los intereses que se devenguen sobre la suma que se ordena pagar deberán contabilizarse desde la mora del deudor”.

“Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol C-17243-2020, con declaración que los intereses sobre el monto de la indemnización fijada se devengarán desde que la parte demandada se constituya en mora”, ordena.

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