*El consorcio internacional chileno-bielorruso sostiene que “hay un uso y retención ilegal” de vehículos, camiones y maquinaria pesada, bienes de su propiedad que tienen un valor de 40 millones de dólares. Esto, luego de que se dejara sin efecto el contrato, de manera anticipada, el 1 de febrero pasado.
Codelco deberá abstenerse de usar, mover o utilizar los equipos, vehículos, perforadoras, maquinaria pesada, bienes y otras materias primas de propiedad del Consorcio Belaz Movitec (CBM) que se encuentran en las faenas de Rajo Inca en la división El Salvador. Además de los nueve camiones y una pala 6060BH(DHN) que habían sido trasladados, y que en su conjunto tienen un valor de 40 millones de dólares.
Así lo ordenó la Corte de Apelaciones de Copiapó que acogió una orden de no innovar solicitada por CBM, respecto a los bienes que están en el lugar y los camiones y pala “que ya habían sido movilizados ilegalmente, mientras no sean devueltas a su dueño, tomando medidas de resguardo, custodia y protección adecuadas”.
El consorcio internacional chileno-bielorruso debió recurrir a los tribunales luego de que, el 1 de febrero pasado, Codelco terminara de manera anticipada y unilateral el contrato de proveer los servicios de movimiento de tierra masivo para la preproducción y construcción de caminos, que vencía el 31 de agosto de 2023.
La Corte en su resolución ordenó notificar a Codelco de la interposición del recurso y la concesión de la orden de no innovar.
Argumentos
En el recurso de protección se sostiene que el traslado de los camiones en las faenas Rajo Inca se efectuaron, “sin observancia de los protocolos y sin contar con los permisos que debe conceder al efecto el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), de lo cual esta parte tomó conocimiento con fecha 15 de marzo de 2023”.
Según dice la presentación, “estas acciones son ilegales y arbitrarias porque han vulnerado los derechos de mi representada consagrados respectivamente en los numerales 3° y 24° del artículo 19 de la Constitución”. Esto es la igual protección ante la ley en el ejercicio de sus derechos y el derecho a propiedad, respectivamente.
«Esta resolución es el principio de una serie de acciones judiciales que se van a interponer para restituir los derechos conculcados a este consorcio chileno-bielorruso por Codelco, tras su decisión unilateral de poner fin al contrato por las obras en las faenas de Rajo Inca, El Salvador», aseguró Eduardo Lagos, uno de los abogados de CBM.
Ahora, el tribunal de alzada de Copiapó deberá pronunciarse sobre el fondo del recurso de protección en el cual se pide que Codelco proceda a la entrega y restitución inmediata de los equipos, vehículos, perforadoras, maquinaria pesada, bienes y otras materias primas de propiedad del Consorcio Belaz Movitec. Lo anterior, dentro del plazo de 10 días contados desde que quede firme y ejecutoriada la resolución que lo ordene.
En la presentación se argumenta “que se afecta y dañan los bienes y el patrimonio de mi representada, y que existe un efecto pernicioso inminente, consistente en el uso y retención ilegal”.
Otro de los argumentos de la acción judicial es que la carta en la que se le comunicaba a CBM el término anticipado del contrato se hizo a través de un correo electrónico y no mediante una carta certificada como perentoriamente establece el convenio y las bases.
Agregan que tampoco tenía fecha de suscripción y emisión-lo que es importante para determinar desde cuándo produce sus efectos jurídicos- ni fue enviada por quien ostenta la representación legal de Codelco para efectos de este contrato.
Por último, afirman que la carta es “inmotivada” porque enuncia que se habría incurrido en graves incumplimientos que le imponía el contrato a CBM como un supuesto “severo atraso e incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de seguridad, pero no fundamenta o motiva en qué habrían consistido dichos incumplimientos”.
Además que Codelco “omitió hacerse cargo de las indefiniciones de ingeniería asociadas al proyecto (derivadas de la falla geológica no considerada en el proyecto) y aspectos geotécnicos no previstos en la ingeniería que derivaron en tiempo muertos (y que su cuantificación podría exceder el año).
Entre ellos, la disminución en los ciclos productivos con ocasión del sobre tamaño de la roca y el daño que ésta causó a los equipos, la pandemia por el covid-19, el efecto del deterioro de la cadena de suministro, y la demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) por temas de agua en contra de Codelco”.