Corte Suprema acoge recurso de revisión y decreta la absolución de condenado cuya identidad fue suplantada

6 julio, 2023

La Corte Suprema acogió el recurso de revisión interpuesto por la defensa y, en sentencia de reemplazo, decretó la absolución del recurrente, tras constatar que su identidad fue suplantada en el procedimiento en el que terminó condenado por un delito que no cometió.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– anuló la sentencia condenatoria al cumplirse en la especie todos los requisitos para acceder al recurso especial.

“Que con arreglo a los antecedentes relacionados en el basamento precedente se desprende que en el caso sub lite se cumplen los presupuestos exigidos por la letra d) del artículo 473 del Código Procesal Penal, que facultan a este tribunal para revisar la sentencia definitiva dictada el diez de septiembre de dos mil dieciocho, en la causa RUC N° 180881290-6, RIT 497-2018, por el Juzgado de Garantía de Osorno, cumpliéndose además con las exigencias consagradas en los artículos 474 y 475 del mismo estatuto”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que en consideración a lo anterior fluye que los elementos en que se ha fundado la presente acción de revisión, constituyen hechos nuevos, desconocidos durante el pleito, que se descubrieron con posterioridad al pronunciamiento condenatorio, medios todos que son bastantes para comprobar la inocencia de Óscar Felipe Recaval Gutiérrez, pues aparece demostrado con las probanzas referidas, que en la causa RUC N° 1800881290-6, RIT 4497-2018, del Juzgado de Garantía de Osorno, se le condenó como autor del delito frustrado de hurto simple, en circunstancias que, con posterioridad a la ejecutoriedad de dicho fallo, se determinó que un tercero –Roberto Carlos Acuña Aguilar– fue la persona detenida por el referido ilícito, quien proporcionó falsamente la identidad de ‘Óscar Felipe Recaval Gutiérrez’ desde los primeros actos de dicho procedimiento”.

“Que en atención a lo antes relacionado, y teniendo en vista que la acción de revisión ha sido consagrada por el legislador para obtener la invalidación de una decisión firme o ejecutoriada y lograr con ello que la justicia prime por sobre la seguridad jurídica configurada por la cosa juzgada, este tribunal ha llegado a la convicción que Óscar Felipe Recaval Gutiérrez no es responsable de los cargos formulados en su contra, en calidad de autor del delito frustrado de hurto simple, por el que fue sancionado en la causa RUC N° 1800881290-6, RIT 4497-2018, del Juzgado de Garantía de Osorno, por lo que procederá a anular dicho edicto y extender el correspondiente de reemplazo, en cumplimiento a lo prevenido en el inciso 2° del referido artículo 478”, concluye.

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