Corte Suprema confirma fallo que condenó a médico por negligente intervención oftalmológica

19 marzo, 2024

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que acogió parcialmente demanda de indemnización de perjuicios y que condenó a médico tratante a pagar $10.000.000 por concepto de daño moral, por negligente intervención oftalmológica a que sometió al demandante.

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Juan Eduardo Fuentes, Arturo Prado, Mauricio Silva, la ministra María Angélica Repetto y el abogado (i) Álvaro Vidal– desestimó la procedencia del recurso al estar mal formulado.

“Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone ‘exprese’, es decir, explicite en qué consiste –cómo se ha producido– el o los errores, siempre que estos sean ‘de derecho’”, reitera la Sala Civil.

“Que versando la contienda sobre un juicio ordinario en que se solicita la resolución de un contrato y la correspondiente indemnización de perjuicios, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba a la impugnante a denunciar como infringidos todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, servirán para resolver la cuestión controvertida”, añade.

“En este caso, además de los invocados por el recurrente, se debió denunciar como infringido el artículo 1547 del Código Civil y, al no hacerlo, genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado”, concluye.

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