Cuarto TOP de Santiago condena a 7 años de presidio a autores del delito de trata de personas con fines de explotación sexual

1 abril, 2021

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy a Carla Jacqueline Castro Mayta y Patricio Alberto Donoso Villalobos a 7 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito consumado de trata de personas con fines de explotación sexual. Ilícito perpetrado entre febrero y marzo de 2017.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Isabel Espinoza Morales (presidenta), Cristián Soto Galdames y María Alejandra Cuadra Galarce (redactora)– aplicó, además, a Castro Mayta y Donoso Villalobos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de una multa de 70 UTM, cada uno.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, los siguientes hechos:
“Días antes del 22 de febrero de 2017, A.M.T, de 19 años de edad a esa fecha, de nacionalidad peruana, tomó contacto telefónico con los imputados luego de haber visto un cartel, específicamente en paseo Puente, entre las calles Santo Domingo y Catedral, comuna de Santiago, en un muro de la multitienda ‘La Polar’, que solicitaba garzonas para desempeñarse en shopería en la región de Coquimbo. Carla Castro y Patricio Donoso le indicaron a A.M.T que podía trabajar como garzona.
De esta forma A.M.T, quien había ingresado a Chile recientemente, esto es, el día 13 de febrero de ese mismo año, ante la necesidad imperiosa de trabajar y enviarle dinero a su familia en Perú, se trasladó hasta la ciudad de Salamanca siendo recibida por Carla y Patricio quienes aprovechando su situación de vulnerabilidad, la trasladaron hasta la casa ubicada en calle Freire N°505, Salamanca y luego a un local llamado ‘El Paraíso Bar’, ubicado en calle Bulnes N°383-C, Salamanca.
Sin embargo, luego del transcurso de algunos días le quitaron la tarjeta única de turismo con que había ingresado al país, diciéndole que sin ese documento no podía salir de Chile. Con posterioridad la obligaron a prestar servicios sexuales a los clientes del local.
Frente a la negativa de la víctima la encerraron, golpearon, amenazaron y le dieron pastillas con la finalidad de que fuera objeto de tocaciones en distintas partes de su cuerpo y que mantuviera relaciones sexuales forzadas con los clientes, tanto en uno de los privados del local ‘El Paraíso Bar’ como en una habitación ubicada en el domicilio de calle Freire N°505, Salamanca.
Aquella situación se mantuvo hasta el día 19 de marzo de 2017 cuando la víctima logró huir del lugar”.

En la determinación del quantum de la pena a aplicar a los condenados, el tribunal tuvo presente: “Que el delito de trata de personas con fines de explotación sexual previsto y sancionado en el artículo 411 quáter del Código Penal, del cual han resultado ser autores los acusados, se encuentra sancionado con la pena de reclusión mayor en su grado mínimo a medio y multa de cincuenta a cien Unidades Tributarias Mensuales”.

“De esta forma, el tribunal impondrá la pena de presidio mayor en su grado mínimo, en tanto concurre una circunstancia atenuante, lo que implica que el tribunal no puede imponer el grado máximo de pena, conforme lo dispone el artículo 68 del Código Penal”, añade.

“Es así que teniendo en consideración la gravedad de los hechos de los que resultaron ser culpables los imputados, la vulneración a importantes derechos humanos de la víctima, en que vio afectada su libertad ambulatoria, su libertad sexual, su integridad síquica y física y la libertad de trabajo, es que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Penal se impondrá a cada uno de los sentenciados la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo”, concluye.

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