Día Internacional de la Luz: SMA ha realizado más de 140 fiscalizaciones a titulares sujetos a la Norma Lumínica y ha iniciado 30 procedimientos sancionatorios por incumplimientos

16 mayo, 2024
  • A partir del 19 de octubre de este año, entrará en vigencia para ciertos tipos de fuentes y en Áreas de Protección Especial, la Norma de Emisión de Luminosidad Artificial Generada por Alumbrados de Exteriores, aprobada por el Decreto Supremo N°1 del 2022 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), y que es conocida como la Nueva Norma Lumínica, la cual, se implementará de manera paulatina en el resto del país.
  • Dentro de los tipos de fuentes mayormente denunciadas se encuentran instalaciones tales como los recintos deportivos, –como las canchas de pádel-, bares o discotecas, y proyectos inmobiliarios.

Región Metropolitana, 16 de mayo de 2024. Durante esta jornada se conmemora el Día Internacional de la Luz, decretado por la UNESCO para relevar la importancia de la luz como fuente de energía vital para todos los seres del planeta, así como también de la necesidad de preservar la oscuridad de los cielos en horario nocturno, clave para el desarrollo de la biodiversidad y los procesos biológicos humanos.

Frente a lo anterior, la contaminación lumínica se encuentra regulada en Chile desde 1998, por medio de la primera Norma Lumínica, que buscaba proteger los cielos para el desarrollo de la astronomía. Dicha normativa fue revisada y actualizada el año 2012, por medio del Decreto Supremo N°43 de 2012 del MMA (norma vigente), pero manteniendo su objetivo de protección y por tanto su alcance a las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo.

Debido a la preocupación por el aumento de este tipo de contaminación, en agosto de 2019 se publicó una modificación a la Ley N°19.300, Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, reconociendo la luminosidad artificial como un contaminante, además de incluir reglas especiales para los proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y que pudieran afectar a Áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica.

La Norma de Emisión de Luminosidad Artificial Generada por Alumbrados de Exteriores, aprobada por D.S. N°1 del 2022 del MMA (Nueva Norma Lumínica), entrará en vigencia el 19 de octubre de 2024, para ciertos tipos de fuentes y en Áreas de Protección Especial y se implementará de manera paulatina en el resto del país. Sin perjuicio de lo anterior, ésta ya se encuentra vigente para los proyectos que han ingresado al SEIA de manera posterior a su publicación en el Diario Oficial, realizada el 18 de octubre de 2023.

Esta Norma de Emisión ampliará su alcance a todo el territorio nacional, al incluir en sus objetivos de protección a la salud y biodiversidad, sumados a la protección del cielo astronómico. Junto con lo anterior, contará con exigencias que apuntan a limitar la luz emitida hacia el hemisferio superior o hacia el cielo, entendiendo que es luz totalmente desaprovechada; controlar los niveles de iluminación a lo estrictamente necesario, considerando para esto normativa sectorial como el reglamento de alumbrado público; y al uso de luminarias cálidas con baja emisión de luz en el rango azul del espectro.

Gestión SMA

La implementación de la Nueva Norma Lumínica impone un gran desafío para la SMA, puesto que es una norma que amplía su alcance territorial desde tres regiones a todo el territorio nacional. Sin embargo, la nueva norma también tiene una componente preventiva importante, a través de las autorizaciones, certificaciones de productos y el control que pueda efectuar la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la comercialización.

Al respecto, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer relevó el trabajo mancomunado que implica la extensión de la normativa a todo el territorio nacional. “Estamos trabajando muy coordinadamente tanto en lo interno como institución, así como también con los equipos del Ministerio del Medio Ambiente, Ministerio de Energía y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con el objetivo de fortalecer e implementar esta norma que protegerá el desarrollo de la astronomía, la biodiversidad y nuestra salud”.

La Superintendencia del Medio Ambiente, que además de tener facultades de fiscalización y sanción, también tiene facultades para dictar procedimientos e instrucciones para verificar esta normativa (rectoría técnica).

En este punto, Claudia Pastore, jefa de la División de Fiscalización (DFZ) explica las acciones que la SMA está desarrollando previo a la implementación de la nueva Norma Lumínica. “Estamos trabajando en la publicación de 4 protocolos que apuntarán a actualizar el procedimiento para certificación de luminarias, y que actualmente está en proceso de consulta pública. Además, se está elaborando el procedimiento para medición en terreno, ya publicamos en abril el protocolo de medición de avisos y letreros luminosos. Y trabajamos en un cuarto protocolo para regularización de fuentes emisoras existentes, para que el recambio no sea la única solución al cumplimiento normativo”.

En cuanto a denuncias recibidas por esta materia, a la fecha la SMA ha recepcionado 194 denuncias en todo el territorio nacional. De estas, el 51% provienen de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo donde aplica actualmente la Norma Lumínica vigente. Mientras que, el resto provienen de otras partes del país, cómo por ejemplo la Región Metropolitana (52 denuncias) o la Región de Valparaíso (10 denuncias), lo que refleja que este es un problema que excede el alcance de la norma actual.

Dentro de los tipos de fuentes mayormente denunciadas se encuentran instalaciones tales como los recintos deportivos, –como las canchas de pádel-, bares o discotecas, y proyectos inmobiliarios.

Respecto de las actividades de fiscalización efectuadas por la SMA, en el marco de la Norma Lumínica vigente, D.S. N°43 de 2013 del MMA, se cuenta un total de 144 actividades.

A partir de estas fiscalizaciones ambientales, se han iniciado un total de 30 procedimientos sancionatorios, en contra de titulares tan diversos como municipios, industrias, centros comerciales y centros deportivos, entre otros, cuyas luminarias no contaban con la certificación correspondiente o se encontraban instaladas incorrectamente.

De los procedimientos sancionatorios iniciados, 10 corresponden a la Región de Antofagasta, 9 a la Región de Atacama y 11 a la Región de Coquimbo. De estos, se destaca que 20 procesos están asociados a la categoría económica Equipamiento, donde 7 procesos han sido generados por recintos deportivos y el resto corresponden a incumplimientos generados por la iluminación de centros comerciales y supermercados. El resto de los procedimientos sancionatorios, corresponden a 4 vivienda e inmobiliarios (Alumbrado Público), 2 procesos asociados a Energía, 2 a Minería, 1 a Agroindustria y 1 a Transporte y Almacenaje.

De los 30 procedimientos sancionatorios, 8 han sido derivados a resoluciones sancionatorias, con un total de multas de 118,3 unidades tributarias anuales (UTA)

Para más información respecto a la contaminación lumínica y cómo se regula, las y los invitamos ingresar al siguiente link

Síguenos en Twitter