Opinión: “TIENE RAZÓN MINISTRA, HAY QUE AYUDAR!”

20 abril, 2020

Por Fernando Leal Aravena. Abogado, litigante de Convencionalidad. Diplomado en Sistema Penitenciario y DD.HH. de la Universidad de Chile.

Un gran debate nacional se generó los últimos días, ante la publicación del Oficio Circular N° 18, de fecha 17 de abril de 2020, de los Ministros del Interior y de Hacienda, que imparten instrucciones y medidas para el retorno de funcionarios públicos a sus labores de forma presencial, en el contexto de la Pandemia por Covid-19. De los diversos sectores políticos se criticó la medida, la que, inclusive, no tuvo eco en la Contraloría General de la República, en la Fiscalía Nacional, ni en la Defensoría de la Niñez.

Los funcionarios públicos por su parte, representados por el presidente de la ANEF, han interpuesto un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que busca dejar sin efecto la medida del Ejecutivo, por afectarse el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica de los funcionario públicos y de los usuarios de la Administración Centralizada del Estado.

En el contexto anterior, la Ministra Vocera de Gobierno, Karla Rubilar, difundió un video con una arenga, en donde tomando el concepto de “Primera Línea”, interpela de forma directa a los funcionarios públicos, justificando el regreso de éstos a sus labores presenciales, señalando: «En estos minutos tan difíciles estamos pidiendo que aparezca la primera línea del Estado, para ayudar a los que más nos necesitan, para los que muchas veces son invisibles, a los privados de libertad, a los niños del Sename, a nuestros adultos mayores, a las personas en situación de calle, a los que requieren una vivienda y que hoy no tienen techo y viven en campamentos, a quienes van a quedar cesantes. A tantos otros, necesitamos que aparezca el Estado».

¿Es acaso un milagroso cambio de conciencia en La Moneda? ¿Es que acaso, por fin, el Gobierno despertó ante las demandas ciudadanas que llevaron a los chilenos a manifestarse en las movilizaciones más multitudinarias de nuestra historia a partir del 18O? Prefiero pensar que la Ministra Rubilar tiene razón.

Fernando Leal, abogado.
Tiene razón Ministra, hay que ayudar a los privados de libertad, de los cuales hoy muchos son «presos políticos» del «Estallido Social», a los que, con violación de la Convención Americana de Derechos Humanos – C.A.D.H.-, se les mantiene en prisión preventiva por «peligro para la sociedad», causal inconvencional (por violar la presunción de inocencia), pues sólo procede la prisión preventiva en caso de «peligro de fuga».

Tiene razón Ministra, hoy en Chile, Nelson Mandela que salió a las calles a combatir el Apartheid con medidas de fuerza (con disturbios como los provocados por el pueblo Afro Americano para presionar por la aprobación de la ley de Derechos Civiles de Lyndon Baines Johnson en Estados Unidos; a la misma usanza de las Sufraguistas en Inglaterra que incendiaron casas vacías, pues las mujeres tenían menos «Status» jurídico que un Can Hembra), ya estaría detenido arbitrariamente, desnudado forzadamente, tuerto o ciego (porque vivir en Chile vale a lo menos «un ojo de la cara») torturado, muerto o desaparecido.

Tiene razón Ministra, hay que ayudar a los privados de libertad, porque, incluso, el Gobierno de Lyndon Baines Johnson en Estados Unidos, se negó a denostar públicamente los disturbios provocados por el pueblo Afro Americano (presionando para la aprobación de la ley de Derechos Civiles) bajo la doctrina «CONSTITUCIONAL», de que es Antijurídico exigir paz a quienes han sido subyugados bajo la vigencia (a lo menos «en el papel») de una REPÚBLICA (Artículo 4 de la Constitución Política chilena).

Tiene razón Ministra, porque hasta el Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 (adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A -III-) reza:

«[…] a fin de que el hombre no se vea compelido al SUPREMO recurso de la REBELIÓN contra la tiranía y la opresión […]»

Tiene razón Ministra, porque la Proclamación Basal de la Declaración de Independencia de U.S.A. (traducida) reza:

«[…]cuando una larga cadena de abusos […] dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, DEPONER a tal gobierno y nombrar a nuevos guardianes para su futura seguridad […]».

Tiene razón Ministra, porque a propósito del Supremo Derecho a Rebelión, y el carácter «SISTEMÁTICO» de las graves violaciones a los Derechos Humanos verificadas en Chile durante el » Estallido Social», cabe representar que ,previamente, la Judicatura chilena legalizó por vía jurisprudencial, la desnudez forzada de mujeres detenidas en recintos policiales, INCLUSO, DURANTE SU PERÍODO MENSTRUAL (Recurso de Amparo que fue interpuesto contra Carabineros de Chile; Corte de Apelaciones de Talca, Libro Amparo Rol 72-2019; Corte Suprema, Libro Criminal Rol 13.360-2019), con el voto favorable de los 3 ministros de la Corte Suprema que fueron acusados constitucionalmente durante el año 2018, dos de los cuales (Hugo Dolmestch y Manuel Valderrama) no se inhabilitaron para fallar el recurso de amparo (pese a que, en el pasado, habían impartido clases en la Escuela de Carabineros e, inclusive, don Hugo Dolmestch, se jubiló por Dipreca).

Tiene razón Ministra, porque (a propósito de lo anterior) la desnudez forzada de mujeres detenidas está prohibida y proscrita internacionalmente y, además, viola flagrantemente los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -Corte I.D.H.-, “Caso Espinoza Gonzáles vs Perú” y, “Caso del Penal Miguel Castro Castro vs Perú”.

Tiene razón Ministra, cuando dice que hay que ayudar a los niños del Sename, a los que los tribunales (Corte de Apelaciones de Santiago, Libro de Protección, Rol 177.521-2019/Corte Suprema, Rol 36.582-2019) y Sebastián Piñera (respuesta a la respectiva recomendación de la O.N.U.) negaron el «Derecho Social a La Verdad» (con violación de la C.A.D.H. y mediante el desahucio de Facto de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos – Corte I.D.H.-) impidiendo la creación de una «Comisión Internacional contra la Impunidad por temas de Corrupción, para efectos de Verdad, Justicia y Reparación» (con una arista especial por temas de infancia abocada al Holocausto verificado en el Sename).

Tiene razón Ministra, hay que ayudar a los Adultos Mayores, a los que se les niega la devolución de sus ahorros que se encuentran en poder de las AFP (Incluso para financiar la fabricación EN CHILE de ventiladores mecánicos «Low Cost» – de 1000 dólares- que en Chile -los ya existentes y recientemente comprados- no serán suficientes si la Pandemia se descontrola, considerando que por su grupo etario pueden inexorablemente llegar a necesitarlos. En efecto, el Embajador de China ya desmintió la donación de ventiladores mecánicos a Chile, aun cuando CNN ya reportó el arribo de 500 de los mismos a nuestro país, que No fueron donados por China).

Tiene razón Ministra, porque las AFP no fueron creadas para pagar pensiones, sino para establecer un Sistema de Flujo de Capitales, de lo que da cuenta la obra «Crónica Secreta de la Economía Chilena» del periodista Carlos Tromben, que explica detalladamente como miembros de los directorios de las AFP, triangulaban dineros a sus propias empresas (actos en los que intermedió incluso Hugo Bravo, quien años después articularía las operaciones ilegales del Connotado Caso «Penta», por el que Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano -amigo personal de Sebastián Piñera- fueron condenados -con violación de la C.A.D.H., y de los fallos interamericanos- a cursar «Clases de Ética», dejando abiertas las puertas a la internacionalización del Caso Penta -mediante una denuncia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-, por las causales de Impunidad y «Cosa Juzgada Fraudulenta», ya que el mismo Consejo de Defensa del Estado -C.D.E.- alegó en Chile el «Fraude de Ley», tomando en cuenta que el C.D.E., conforme a su Ley Orgánica, actúa bajo la supervigilancia del Presidente de La República).

En efecto Ministra, la Obra de Carlos Tromben relata que Sebastián Piñera y Juan Bilbao Hormaeche formaron parte de Citicorp, entidad que en la época referida fue sancionada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) por no llevar libros de operaciones actualizados, mantener vigentes operaciones de compromiso de compraventa con instrumentos no permitidos, efectuar una operación con precio fuera del prevaleciente en el mercado, no informar de todas sus operaciones y anticipar operaciones de compromiso de compraventa sin previa información a los clientes.

Es verdad Ministra, Tomás Moscciati dijo públicamente en su medio de comunicación: «¿Quién entiende a Piñera?: Su mejor amigo (Carlos Alberto Délano) coimea a su Ministro, y sigue siendo su mejor amigo».

Tiene razón Ministra Rubilar, porque en Chile no tenemos un sistema de pensiones ni de seguridad social (como lo afirmó la actual Ministra del Trabajo -ex Subsecretaria de Previsión Social- en el Congreso Nacional -en la tramitación de la ley de protección del empleo por el Covid19, a propósito de la situación de las asesoras del hogar) sino lo que existe es un sistema de ahorro obligatorio con adquisición forzada de instrumentos financieros (Rentas Vitalicias) sin que se tenga (mayoritariamente) un adecuado nivel de conocimiento respecto de los mismos.

Tiene razón Ministra, porque al no existir un verdadero sistema de pensiones ni de «seguridad social», desaparece el fundamento jurídico que justifica limitar la disponibilidad de la propiedad de los ahorros que están en poder de las AFP, máxime cuando el D.L. 3500 no forma parte de la seguridad social, pues no es una Ley de Quórum Calificado (pues no había Congreso cuando se emitió), sino que más bien, es una norma propia de regímenes de facto; lo que ridículamente desemboca en que se permita entregar por la AFP (al momento de la jubilación) los ahorros a un tercero, Compañías Aseguradoras de Rentas Vitalicias -C.A.R.V.- distinto de su ahorrante, cuando por otra parte se impide entregar completamente los ahorros directamente al ahorrante (pero si se permite entregarlos directamente a un tercero: C.A.R.V.).

Tiene razón Ministra, porque las Compañías Aseguradoras de Rentas Vitalicias – C.A.R.V.- están en una actual «quiebra técnica», que incluso fue alertada por el Banco Central Europeo -B.C.E.- en el 2019 (precedido de 2 comunicados de la Comisión Para el Mercado Financiero – C.M.F.- en Chile en 2019, sobre la liquidez de las C.A.R.V. y su incursión en el mercado inmobiliario «sin resguardos»), avisando también de un colapso de los ahorros en poder de las Administradoras (respecto de lo cual las C.A.R.V. y las AFP en Chile no tomaron ningún resguardo, cumpliéndose el anticipado colapso de los montos de los ahorros anunciado por el B.C.E.).

Tiene razón Ministra, porque ante la ineptitud de las AFP que no tomaron resguardos frente a la debacle que se sabía se venía (avisada por el B.C.E.), la manera en que el Estado Chileno las sanciona, es otorgarles una sideral suma adicional de millones de dólares al inyectarles recursos a las Administradoras de Fondos de Cesantía (controladas por las AFP), mediante, por ejemplo, la cotización del nuevo seguro para los independientes que boletean.

Tiene razón Ministra, hay que ayudar a los que requieren una vivienda y no tienen un techo y viven en campamentos, a las personas en situación de calle, porque efectivamente la vivienda se ha vuelto inaccesible (que un Mercedes Benz lo sea, no es tema, pero la gente necesita donde dormir) producto de la especulación financiera inmobiliaria (en que hay una «Colusión Tácita» según un informe de 3 expertos, que no ha sido refutado hasta hoy por la Cámara Chilena de la Construcción -CCHC- ligada a AFP Habitat, que anunció el reparto de dividendos por 46 mil millones, pese a que en promedio los afiliados perdieron 2 millones durante el primer trimestre – se han perdido en total desde el año pasado más de 50 mil millones-) en que (además) por el financiamiento (directo o indirecto) de las AFP a los Bancos de Inversión, Fondos Privados, Constructoras e/o Inmobiliarias, la crisis de vivienda está agudizada, retroalimentando el círculo vicioso del modelo.

Tiene razón Ministra, porque a lo anterior, se suma la existencia de capitales extranjeros (algunos de ellos asiáticos) que durante los últimos años han estado adquiriendo terrenos y complejos inmobiliarios completos (exclusivamente para «renta» y no para «habitabilidad) «A Granel».

Tiene razón Ministra, porque a todo lo expuesto, se suma la circunstancia de que las Compañías Aseguradoras de Rentas Vitalicias migrando de su negocio natural (en actual «quiebra técnica») han incursionado en el mercado inmobiliario (con el grito en el cielo de la Comisión Para el Mercado Financiero -C.M.F.-) puesto que pueden rentar hasta un 40 % (a diferencia de Europa donde solo llegan a un 18 %), agudizando la falta de acceso a la vivienda.

Tiene razón Ministra, porque toda la crisis de acceso a la vivienda se debe, a la falta de una ley de arriendo justo (como en Francia, España, Suecia, U.S.A., Holanda, etc.) y a la ausencia de una regulación de «obtención de permisos para arrendar», sumada a la falta de prohibición a las AFP de invertir directamente en el área inmobiliaria, estableciendo por el contrario la incursión del Estado en el área de arriendo inmobiliario mediante precisamente la inversión de una parte de los fondos de ahorros de los trabajadores, provocando así el fin de la especulación (frenando la estrategia de «densificación» defendida por la CCHC) con el consecuente estallido de la «Burbuja Inmobiliaria» especulativa existente hoy en Chile.

Tiene razón Ministra, porque si se implementa (por el Covid19) la suspensión de pagos a los Bancos, pero excluyendo a las Inmobiliarias, la presión de interés (pago a los Bancos) las obligará a vender (porque la oferta no es tanta) a precios más justos (tomando resguardos de acceso para quienes optan a la primera vivienda).

Tiene razón Ministra, hay que ayudar a quienes van a quedar cesantes, porque efectivamente se requiere anular (de oficio o mediante la interposición de una «Nulidad de Orden Público Internacional»), de conformidad al Ejercicio imprescriptible e insaneable del «Control Difuso de Convencionalidad», la sentencia del Tribunal Constitucional (sobre la que prevalecen los fallos de la Corte I.D.H.) que denegó la «Titularidad Sindical» (lo que violando la C.A.D.H., permite la actuación de grupos negociadores intermedios, circunstancia que internacionalmente es una práctica «AntiSindical»), lo cual equiparará las negociaciones de los trabajadores con los empleadores, añadiendo modificaciones al sistema de negociación, ya que por ejemplo, en Alemania (donde también hay PYMES) pueden negociar hasta por «Rama Económica».

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