SMA aplica multa a KDM por infracción grave relativa al tratamiento de líquidos percolados del relleno Lomas Los Colorados

5 julio, 2022

La Superintendencia del Medio Ambiente finalizó el proceso sancionatorio abierto contra KDM, titular del relleno sanitario Loma Los Colorados, ubicado en la comuna de Tiltil ­-al norte de la localidad de Montenegro, kilómetro 63,5 de la Ruta 5 Norte-, con una multa de 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $3.453.420.000 millones, debido a una infracción tipificada como grave por la no implementación del sistema de tratamiento de riles como lo ordenada su resolución de calificación ambiental.

Los líquidos percolados son de color oscuro, malolientes y se generan producto de la descomposición de la materia orgánica presente en la basura y la infiltración de aguas lluvias. Por esta razón, los permisos ambientales de los rellenos sanitarios en el país contemplan medidas especiales para su disposición. En este caso, el relleno Lomas Los Colorados consiste en un sistema de tratamiento intermedio y disposición final para residuos sólidos domiciliarios para la Región Metropolitana. Una parte se encuentra en Quilicura, donde se encuentra el “Centro de Transferencia” donde procesan 2.000 toneladas por día. La otra parte consiste en un relleno sanitario ubicado en la comuna de Tiltil, ambos regulados por 6 Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).

“Este es un caso complejo, porque KDM no cumplió con una obligación ambiental trascendental asociada a su sistema de tratamiento de residuos líquidos. Su permiso ambiental le exigía contar con 2 vías de eliminación de lixiviados del relleno que no estaban operativas en los plazos que correspondían. En efecto, no estaba operativa la vía principal que era el traslado del efluente vía férrea hasta un alcantarillado de concesión de Aguas Andinas ni tampoco estaba operativa la vía eventual, que era la unidad de carbón activad y de osmosis inversa. Esto significó que el tratamiento de los residuos líquidos se hiciera por vías no autorizadas, generando con ellos riesgos de distinta naturaleza, que incluso se relacionaban con la estabilidad del relleno, por lo cual la SMA incluso tuvo que dictar medidas cautelares”, explica el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra.

El historial del caso

En este caso incluye una denuncia de Luis Valenzuela Cruzat —en ese entonces concejal y actualmente alcalde de Tiltil— respecto de los líquidos percolados, como también una derivada desde la Seremi de Salud relativa a un mal manejo de los residuos que genera una plaga de moscas.

En fiscalizaciones realizadas por la SMA junto a la Seremi de Salud de la Región Metropolitana se pudo constatar que el tratamiento secundario de la Planta de Tratamiento de Lixiviados del relleno y su traslado de efluente vía ferrocarril (FEPASA), para su tratamiento terciario posterior en la Planta La Farfana (Maipú), no se encuentra implementado. Es importante destacar que, a partir de 2014, una resolución de la SISS estableció que La Farfana operaba al máximo de su capacidad y no podía recibir más residuos líquidos industriales, por lo cual, KDM debía implementar otras alternativas presentes en sus permisos ambientales. En uno de ellos se establece que una vía para tratar los residuos líquidos es en la Planta de Tratamiento Terciario en Unidad de Carbón Activado y Osmosis Inversa. Dicha planta no se encontraba operativa cuando se inició el sancionatorio en 2019, siendo que debía estar operativa desde 2014 —cinco años antes de la actividad en terreno—. Cabe destacar que sólo en 2021 comenzó su operación.

El incumplimiento de las medidas establecidas en la RCA para el manejo de percolados implica que se dispusiera de efluentes y lixiviados crudos de formas no autorizadas durante 7 años en el relleno. Por esto, en el cálculo de la sanción que tomó en cuenta la centralidad del incumplimiento, pues las medidas buscaban minimizar los líquidos percolados, así como su permanencia en el tiempo, pues las nuevas medidas deberían haber estado operativas desde 2010.

Para obtener mayores detalles de este caso, puede acceder al expediente de la resolución sancionatoria en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/1890

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