Tribunal de San Bernardo condenó a 12 años de presidio efectivo a dos carabineros por brutal golpiza de la que fue víctima Mario Acuña

3 agosto, 2023

El tribunal se pronunció de esta forma por los hechos ocurridos durante la noche del 23 de octubre de 2019, durante la crisis social. En esta causa, donde la sede de la RM del INDH actuó como querellante, un tercer uniformado recibió una pena de libertad vigilada intensiva.

El Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo sentenció a 12 años y 183 días de presidio efectivo a los funcionarios de Carabineros H.J.C.V. y V.A.L.M. Ambos recibieron este castigo por el delito de lesiones graves gravísimas con ocasión de apremios ilegítimos, perpetrado el 23 de octubre de 2019 en Buin. El hecho, en que la sede de la Región Metropolitana del INDH actúa en calidad de querellante, ocurrió en el contexto de la crisis social y dejó a Mario Acuña con secuelas permanentes e incapacidad para el autocuidado.

Cabe recordar que el tribunal dio por acreditado que en la noche de ese 23 de octubre un grupo de carabineros perpetró diversos hechos ilícitos en el sector de Bajos de Matte con Los Olmos. Todo esto, en la comuna de Buin.

Los funcionarios H.G.C.V. y V.A.L.M. alcanzaron a Mario Acuña Martínez, el que estaba escondido en una plazoleta del lugar. Le dijeron que se lanzara al suelo y luego lo golpearon. Su ataque fue tan brutal que la víctima quedó con traumatismos del encéfalo y los nervios craneales, con traumatismos de nervios y médula espinal y TEC de carácter grave. La golpiza dejó en la víctima secuelas funcionales, permanentes y definitivas, con una inhabilidad laboral total e incapacidad para el autocuidado.

Además del presidio efectivo, el tribunal sentenció a H.G.C.V. y V.A.L.M. a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y a la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. Eso sí, reconoció a ambos, para descontar del tiempo de condena, los 871 días de prisión preventiva que la justicia decretó en contra de ellos en 2021.

Segundo hecho del tribunal

El otro hecho examinado por el tribunal fue la conducta del excapitán J.R.R.A. Éste usó su escopeta antidisturbios, sin motivo o justificación alguna, e hirió a dos personas que se manifestaban. Sus disparos alcanzaron en una pierna a un hombre y en la zona abdominal a una mujer. Ambas, heridas leves.

El tribunal aplicó a J.R.R.A. la pena de 3 años y un día de presidio, además de la inhabilitación perpetua de derechos políticos y la inhabilitación para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. El tribunal le sustituyó el castigo privativo de libertad por la pena de libertad vigilada intensiva por el mismo término que el de la condena.

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