Se proyecta recibir 3,8 millones de declaraciones: Con un marcado énfasis en atención a distancia parte este miércoles la Operación Renta 2020

30 marzo, 2020
  • Se pondrá a disposición de la ciudadanía de manera remota toda la información y orientación que requieran para que puedan cumplir con el trámite desde sus propias casas.
  • Se anticiparán las primeras devoluciones de impuestos para trabajadores independientes y Mipymes el 21 de abril si declaran hasta el 10 abril. Para el resto de contribuyentes, la devolución será el 13 de mayo para quienes envíen su declaración hasta el 23 de abril y soliciten transferencia electrónica.
  • El portal de Renta, disponible en sii.cl, entrega información y ejemplos prácticos para orientar a los más de 500 mil trabajadores a honorarios que deben pagar sus cotizaciones previsionales.
  • La autoridad recomienda el uso de la app e-Renta, que permite a los contribuyentes declarar y solicitar su devolución o realizar el pago de impuestos, según corresponda, desde cualquier dispositivo móvil.

 

El miércoles 1 de abril comienza oficialmente la Operación Renta 2020, proceso que este año estará caracterizado por el reforzamiento de los canales de atención y asistencia remotos, en el contexto de la emergencia sanitaria que vive el país y las restricciones que esta situación impone a la atención presencial de los contribuyentes. 

 

El Director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, subrayó que “debido a la situación sanitaria que vive el país, el compromiso del SII es reforzar el acompañamiento virtual a los contribuyentes, poniendo a disposición de la ciudadanía en su sitio Web toda la información y orientación que requieran para que puedan cumplir adecuadamente con su Declaración de Renta en forma remota desde la seguridad de sus hogares”. Además, informó que dentro de las medidas de emergencia económica “se anticiparán las primeras devoluciones de impuestos para trabajadores independientes y Mipymes el 21 de abril que declaren hasta el 10 abril”.

 

En ese sentido, enfatizó que gracias a las medidas de innovación tecnológica que ha venido desarrollando el Servicio en las últimas décadas el proceso se realiza masivamente en forma remota, recordando que el año pasado el 99,82% de las declaraciones se realizaron a través de internet, y casi el 87% de los contribuyentes lo hicieron utilizando la propuesta de declaración elaborada por el SII.

 

De hecho, para esta Operación Renta el Servicio elaborará y ofrecerá una propuesta de Declaración para más de 3,2 millones de personas naturales y contribuyentes del Régimen 14 Ter.

 

Proceso de Declaración y fechas clave

 

A contar de hoy los contribuyentes ya pueden revisar en sii.cl una versión preliminar de su propuesta de declaración, la que podrá ser revisada, confirmada y enviada a partir del miércoles 1 de abril y hasta el 8 de mayo, para las declaraciones por internet sin pago.

 

En el caso de las declaraciones a las que les corresponda pago de impuestos, de acuerdo a la Ley, el plazo de presentación será entre el 8 y el 30 de abril, aunque en el caso de las Mipymes, el pago podrá postergarse en tres meses, de acuerdo a las medidas anunciadas para enfrentar la emergencia del coronavirus. 

 

Por su parte, la Tesorera General de la República, Ximena Hernández, explicó que los plazos para la devolución de impuestos dependen de la fecha en que el contribuyente realice la declaración y el medio que seleccione para recibirla. Así, por ejemplo, los contribuyentes que realicen su declaración hasta el 23 de abril y elijan depósito bancario, podrán recibir el 13 de mayo, es decir, 16 días antes, su devolución de impuestos en la presente Operación Renta 2020, en relación con el último plazo de devolución. 

 

No obstante lo anterior, y teniendo en consideración las medidas de emergencia económica por causa del coronavirus, en el caso de la devolución anticipada para las Mipymes y trabajadores independientes, los plazos son los siguientes: 

 

Declaración Devolución por depósito Devolución por cheque
1 a 10 de Abril MA 21-04-2020 Vi 24-04-2020
11 a 19 de Abril Mi 29-04-2020 Lu 04-05-2020
20 a 23 de Abril Mi 13-05-2020 Vi 29-05-2020
24 a 29 de Abril Lu 18-05-2020 Vi 29-05-2020
30 de Abril al 8 de Mayo Lu 25-05-2020 Vi 29-05-2020

 

A continuación, se detallan los plazos generales de este proceso de Renta:

  

 

Declaración Devolución de depósito Devolución por cheque
1 a 23 de Abril Mi 13-05-2020 Vi 29-05-2020
24 a 29 de Abril Lu 18-05-2020 Vi 29-05-2020
30 de Abril al 8 de Mayo Lu 25-05-2020 Vi 29-05-2020

 

Para contar con la devolución temprana, las personas deben ingresar correctamente el tipo de cuenta, banco y número de cuenta en el portal de SII. Para quienes no utilicen esta opción, el pago se efectuará después del 29 de mayo, mediante un cheque o una orden de pago por caja en BancoEstado o pago cash.

 

Medidas especiales para pymes e independientes

 

Las autoridades destacaron que, en el marco de las medidas especiales de apoyo contempladas para enfrentar la emergencia del Coronavirus Covid-19, las Pymes y los trabajadores independientes podrán contar con su devolución de impuestos desde el 21 de abril, si presentan su declaración entre el 1 y el 10 del mismo mes y optan por transferencia electrónica. Las Pymes e independientes que presenten su declaración entre el 11 y el 19 de abril, podrán recibir su devolución el 29 de abril. En tanto, a las pymes a las que corresponda pago de impuestos, podrán postergar su pago hasta julio de 2020.

 

Adicionalmente, a los trabajadores independientes a honorarios a quienes les hicieron las retenciones correspondientes por los periodos tributarios de enero y febrero de 2020 se les devolverán excepcionalmente en sus cuentas bancarias esos dineros, el 24 de abril, sin necesidad de solicitarlos.

 

El Director del SII enfatizó que, dada la masividad de este proceso, es necesario reiterar el llamado a las personas a quedarse en su casa. “Las Pymes y trabajadores independientes tienen plazo para declarar hasta el 10 de abril para recibir su devolución el 21 de abril, en tanto que el resto de los contribuyentes tienen hasta el 23 de abril para enviar su declaración y acceder a su devolución de impuestos (si corresponde) el 13 de mayo”. En este sentido, hizo un llamado a los contribuyentes, a tomarse el tiempo necesario para revisar la propuesta de declaración detalladamente antes de confirmarla y enviarla al SII.

 

Barraza aseguró, asimismo, que la entidad estará atenta frente a eventuales dificultades de conectividad como consecuencia del creciente nivel de uso de las redes producto de la situación que vive el país, de manera de adoptar oportunamente las acciones y medidas de flexibilidad que permitan superar los problemas y asegurar el éxito del proceso.

 

En este sentido, recomendó el uso de la app e-Renta, que permite a los contribuyentes declarar y solicitar su devolución o realizar su pago de impuestos, si corresponde, desde cualquier dispositivo móvil.

 

Cotizaciones previsionales

 

El Subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, explicó por su parte que son más de 500 mil los trabajadores a honorarios que desde el año pasado tienen la obligación de pagar sus cotizaciones previsionales con cargo a su devolución de impuestos. Esto les permitirá tener acceso al seguro de invalidez y sobrevivencia, a la cobertura contra accidentes laborales y enfermedades profesionales, derecho a cuidar a los hijos en el marco de la Ley Sanna, prestaciones de salud, licencia médica y subsidios asociados, derecho a asignaciones familiares, y derecho a pensiones.

 

Además, recordó que la Ley de Honorarios contempla la gradualidad en este pago que, para este año, contempla que los trabajadores a honorarios puedan optar a una cobertura total, entre julio de 2020 y junio de 2021, para lo cual su cotización se calculará sobre el 100% de su base imponible, o a una cobertura parcial, para lo que este cálculo se realizará sobre el 17%, con una menor cobertura de salud.

 

Atención a distancia

 

Tal como el año anterior, a través del Portal de Renta, en sii.cl, los trabajadores a honorarios podrán acceder a una serie de ejemplos prácticos para conocer cómo se realiza el cálculo previsional, dependiendo de si el trabajador opta por la cobertura total o parcial.

 

Todo este apoyo es parte del plan de reforzamiento de la atención y asistencia remota que está desplegando el SII, que considera el reforzamiento del equipo a cargo de responder las dudas y consultas que lleguen a través de canales remotos como la mesa de ayuda, consultas web y redes sociales. 

 

Para este periodo, dada la situación sanitaria que vive el país este año se habilitará un whatsapp de consulta/asistencia, para contestar las principales dudas de los contribuyentes sobre este proceso. 

Por último, cabe recordar que para esta Operación Renta los contribuyentes deben declarar de acuerdo al Régimen Tributario que mantenían hasta el 31 de diciembre de 2019. Las nuevas modalidades introducidas por la Ley de Modernización Tributaria se aplicarán recién a partir de la Operación Renta del próximo año.

 

Modernización Tributaria 

 

La ley de Modernización Tributaria introdujo dos modificaciones que entran en vigencia para las empresas en esta Operación Renta:

 

  • Régimen de depreciación transitorio: Se establece para contribuyentes de primera categoría con renta efectiva determinada según contabilidad completa. Podrán depreciar instantáneamente el 50% del valor de los bienes adquiridos, pudiendo depreciarse aceleradamente el otro 50%. En el caso de bienes adquiridos para su utilización en la Región de la Araucanía, podrán ser depreciados instantáneamente en un 100%.
  • Capital Propio: Los contribuyentes que en el año tributario 2019 hayan informado al Servicio de Impuestos Internos un capital propio tributario mayor o menor al que correspondía de acuerdo a la norma vigente al 31 de diciembre de 2019, podrán acogerse a un régimen opcional y transitorio, de carácter voluntario, que regirá los años tributarios 2020 y 2021,  destinado a resolver diferencias de  impuestos originadas en la incorrecta  determinación del capital propio tributario informado a este Servicio.

 

El detalle de estas modificaciones está disponible en el Portal Renta, en sii.cl.

 

Santiago, 30 de marzo de 2020.

 

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