Algunas consideraciones importantes frente a la reforma del Sistema de Pensiones chileno

6 julio, 2022

PhD Nélida Ramírez Naranjo, académica de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica del Maule. 

En noviembre próximo se cumplen 42 años de la promulgación del Decreto Ley 3500 que crea el sistema de las AFPs y es indiscutible que el sistema no ha cumplido con las expectativas de los trabajadores y trabajadoras de obtener una pensión digna. Incluso, es razonable considerarlo como una de las grandes causas de la última crisis social vivida en el país el año 2019. Por ello urge su reforma, la cual para ser efectiva debe ser sustancial y en concordancia con los principios de la Seguridad Social internacionalmente reconocidos. Una reforma legislativa que introduzca modificaciones estructurales al sistema de AFPs es un camino perfectamente posible para lograr un cambio eficiente, real y necesario en los montos de pensiones que recibirán los futuros pensionados. 

Es importante considerar que las estimaciones iniciales del sistema previsional señalaban que un trabajador que cotizara en el sistema de capitalización individual por un período de 30 años o más, sin lagunas previsionales, y por un sueldo que en el tiempo se mantuviera más bien estable, podría recibir una pensión del orden de 70% de su renta promedio de los últimos 10 años de cotización. Pero esas proyecciones se basaban en un perfil de cotizante definido y circunstancias del mercado laboral que, en la realidad, no se cumplieron. 

La realidad del mercado laboral chileno ha sido otra: los afiliados tienen menores sueldos al empezar su vida laboral (es decir, cotizan por menos remuneración), tienen lagunas previsionales a lo largo del tiempo y, además, viven en promedio mucho más tiempo. Cabe destacar que en el sistema nunca ha existido una norma o artículo legal que comprometa rentabilidades con pisos absolutos garantizados. Tampoco se ha fijado una compensación en caso que los fondos obtengan rentabilidades negativas per sé. Por todo lo anterior es posible afirmar que las pensiones constituyen un permanente motivo de insatisfacción para la población chilena. 

La reforma debe considerar que los factores de carácter demográfico tienen una gran importancia, en primer lugar, el ahorro acumulado por el imponente debe financiar más años de retiro para evitar la reducción del monto de la pensión. Esta situación también hace que las pensiones de las mujeres sean inferiores a las de los hombres porque viven más años.  En segundo lugar, se debe considerar la postergación de los jóvenes en incorporarse a la fuerza de trabajo, como consecuencia de la masificación de los estudios superiores, fenómeno que se ha hecho más intenso en el último decenio. En efecto, la matrícula en este nivel ha crecido, con lo cual el número de años laborales y, por lo tanto, de cotizaciones, se han reducido. En tercer lugar, las lagunas previsionales son un factor clave en el bajo nivel de las pensiones en un sistema que fue diseñado para imponentes que, se esperaba, cotizaran en forma permanente durante toda su edad laboral, pero en la práctica no ha ocurrido así por diferentes motivos, entre los que se encuentran los períodos de inactividad por causas diversas como enfermedades, maternidad y cuidado de las personas mayores. Un factor muy importante para explicar las lagunas previsionales corresponde a la evasión, es decir, trabajadores a los cuales sus empleadores no les hacen las correspondientes cotizaciones, dejando de cumplir su obligación legal, con desconocimiento del trabajador, lo cual constituye una apropiación indebida de un ingreso. Se puede agregar a lo anterior la gran masa de trabajadores independientes o por cuenta propia que existen en el país los que, por diferentes motivos, no realizaban cotizaciones en forma voluntaria. 

Respecto a las cotizaciones, se ha planteado elevar la tasa de cotizaciones, actualmente del 10%, a un 13%, progresivos en el tiempo y de cargo de los empleadores. Una segunda modificación sería aumentar la edad mínima de retiro desde los 60 – 65 años hasta una edad más tardía; incluso se ha señalado 67 o 68 años, con lo cual se podrían acumular mayores ahorros en la capitalización individual y también un acortamiento de los años de la pensión, con su consiguiente incremento del monto. También se ha propuesto elevar el límite imponible (actualmente 72,4 UF) hasta un nivel similar al del seguro de cesantía (108,5 UF), a lo que se agrega reducir los elementos no imponibles de las remuneraciones, como diferentes tipos de bonos. Un aspecto fundamental para incrementar las cotizaciones y reducir las lagunas previsionales es diseñar un plan especial para evitar la evasión, no solo por decisiones patronales, sino también aquellas por acuerdos con el trabajador.

El análisis y la discusión sobre el régimen de previsión social y su implementación, hasta hace muy poco tiempo, era un tema que pertenecía en gran medida al pequeño grupo de profesionales expertos encargados de definir las políticas públicas de nuestro país. Así, tuvieron que pasar más de 35 años desde la gran reforma al antiguo sistema de pensiones de 1981 para que, recién en el año 2016, la sociedad civil chilena se tomara sus calles demandando un cambio en el sistema que hasta el momento había sido presentado al mundo como altamente exitoso y por ello digno de ser emulado. Hoy apremia la creación de un nuevo sistema previsional, sustentable en el tiempo y que goce de legitimidad ciudadana. En estos momentos estamos a la espera de los resultados de los diálogos para la construcción de un nuevo sistema de seguridad social. Los diálogos se realizaron a lo largo de todo el país desde el 3 de mayo y hasta el 8 de junio de 2022. Se estima una participación de 1.600 personas en 16 diálogos regionales de 100 personas cada uno. Por último, es importante considerar que la propuesta constitucional recientemente presentada en su Artículo 45 señala:

“Toda persona tiene derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad….La ley establecerá un sistema de seguridad social público, que otorgue protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo. En particular, asegurará la cobertura de prestaciones a quienes ejerzan trabajos domésticos y de cuidados…El Estado define la política de seguridad social. Esta se financiará por trabajadoras, trabajadores, empleadoras y empleadores, a través de cotizaciones obligatorias y rentas generales de la nación” (Propuesta nueva constitución 2022). Todo lo anterior permitirá reformar nuestro actual sistema de pensiones por uno que tenga un mayor rol público, socialmente participativo y basado en principios consensuados socialmente.

“Las opiniones vertidas en esta columna son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente el pensamiento de la Universidad Católica del Maule”.

Síguenos en Twitter