Diputada Sofía Cid celebra puesta en marcha de Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

19 noviembre, 2022

La diputada Sofía Cid, subjefa de bancada de Renovación Nacional, celebró que este viernes 18 de noviembre comenzara a funcionar el nuevo Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, mecanismo que se aprobó en el Congreso Nacional y que busca asegurar el pago de este ítem, por medio de diversas medidas legales.

“Este registro va a permitir agilizar el cobro de las deudas por pensiones, a través de medidas como la retención al deudor de solicitudes de créditos, de los pagos por servicios – en el caso de proveedores del Estado- de ingresos por ejecuciones judiciales, devolución de impuestos entre otras. La entrada en vigencia del Registro es una excelente noticia porque hace justicia con las madres y los niños que sufren por el actuar de aquellos padres que siguen evadiendo sus responsabilidades”, manifestó la diputada Cid.

“Sin duda es una Ley perfeccionable pero también es un excelente primer paso para solucionar esa necesidad urgente de un listado donde aparecieran todos los deudores de alimentos”, agregó.

Detalles del proyecto

El Registro será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta. El Funcionamiento y la administración del Registro queda a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Estos últimos también se encargarán de no renovar el pasaporte o la licencia de conducir a quienes estén en los registros.

Serán mencionados en el registro quienes estén obligados a pagar pensión de alimentos y que adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.

El registro contendrá el nombre completo, número de cédula, número de alimentarios afectados, monto actualizado de la deuda, cantidad de cuotas adeudadas, el tribunal que fijó la pensión y datos de la cuenta para realizar pagos

Si quien figura en el registro solicita rebaja, ésta deberá ser declarada inadmisible por el Tribunal. Lo anterior, salvo que se presenten antecedentes calificados de que carece de los medios para pagar el monto mínimo.

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