Caso Catrillanca: corte de Temuco mantiene medidas cautelares de carabineros y abogado imputados por obstrucción a la investigación

4 febrero, 2019

La Corte de Temuco rechazó hoy –lunes 4 de febrero- el recurso de apelación presentado por la parte querellante Instituto Nacional de Derechos Humanos que pedía la imposición de la prisión preventiva  del abogado Cristián Eduardo Inostroza Quiñiñir, imputado como autor de los delitos consumados de obstrucción a la investigación y prevaricación del abogado; y de los carabineros Jorge Iván Contreras Figueroa, Manuel Antonio Valdivieso Terán y Gonzalo Andrés Pérez Vargas, como autores de los delitos consumados de obstrucción a la investigación e infidelidad en la custodia de documentos. Ilícitos perpetrados en noviembre pasado, en la comuna de Ercilla, en el marco del denominado caso Catrillanca.

En fallo unánime (causa rol 85-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Aner Padilla Buzada, María Elena Llanos Morales y el abogado (i) Alexis Gómez Valdivia– confirmó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Collipulli el viernes  25 de enero recién pasado, y rechazó aplicar la medida cautelar de privación de libertad a los cuatro nuevos imputados en la causa.

“(…) Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que la necesidad de cautela se satisfacen con las medidas adoptadas por el Tribunal A Quo SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veinticinco de enero de dos mil diecinueve, que no acogió la medida cautelar de privación de libertad del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, respecto de los imputados Jorge Iván Contreras Figueroa; Manuel Antonio Valdivieso Terán; Cristián Eduardo Inostroza Quiñiñir y Gonzalo Andrés Pérez Vargas, solicitada por los querellantes Instituto Nacional de Derechos Humanos, Sebastián Saavedra Cea y doña Pamela Nahuelcheo Queupucura”, sostiene el fallo.

Asimismo, declaró el abandono del recurso deducido por el Consejo de Defensa del Estado que solicitaba la imposición del arresto domiciliario total de los cuatro imputados.

“(…) atendido el mérito de la certificación precedente y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado del Consejo de Defensa del Estado, Oscar Exxs Krugmann, en contra de la resolución dictada en audiencia de fecha 25 de enero de 2019, la cual rechazó la medida cautelar de arresto domiciliario total de los imputados formalizados Jorge Iván Contreras Figueroa; Manuel Antonio Valdivieso Terán; Cristián Eduardo Inostroza Quiñiñir y Gonzalo Andrés Pérez Vargas”.

La resolución agrega que: “(…) en cuanto a la apelación interpuesta por el abogado Juan Javier Jara Müller, en contra de la resolución dictada en audiencia de fecha 25 de enero de 2019, que rechazó la exclusión del Ministerio del Interior (Intendencia Regional) I.N.D.H. y Defensoría de los Derechos de la Niñez, pasen los antecedentes a presidencia para los fines pertinentes”.

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