Corte Suprema rechaza recursos de casación presentados por Colegio Médico para invalidar sentencia del Primer Tribunal Ambiental por galpón ATI

16 junio, 2020
  • La máxima Corte del país respaldó la sentencia del Primer Tribunal Ambiental que rechazó la reclamación interpuesta por el Colegio Médico de la Región de Antofagasta por proyecto de transporte, acopio de concentrados de Minera Sierra Gorda a través de la empresa Antofagasta Terminal Internacional, ATI.

 

La Corte Suprema dictó ayer, un fallo que rechaza los recursos de casación en forma y fondo interpuesto por el Colegio Médico en contra de la sentencia del Primer Tribunal Ambiental que rechazó la reclamación que pretendía dejar sin efecto  la aprobación favorable de los proyectos de Minera Sierra Gorda SCM, ferrocarril Antofagasta-Bolivia (FCAB) y Antofagasta Terminal Internacional, ATI por el transporte y acopio de mineral en el galpón de ATI.

La sentencia del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo presentado por el Colegio Médico de Antofagasta y ratificó que “la reclamación aparece como extemporánea, por lo que los jueces han resuelto correctamente la controversia, sin incurrir en el error de derecho denunciado”.

Recordemos que en la sentencia del Primer Tribunal Ambiental se estableció la extemporaneidad en la presentación de la reclamación ante dicho órgano ya que el plazo era de 30 días hábiles luego  de agotadas las instancias administrativas ante la Comisión de Evaluación Ambiental y el Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, por el rechazó de la solicitud de invalidación de las Resoluciones de Calificación Ambiental, RCA, de los proyectos de minera Sierra Gorda, del transporte ferroviario del concentrado de cobre y de la recepción, acopio y embarque del mineral.

Otro de los argumentos esgrimidos por la Corte Suprema en su fallo fue que no se fundamenta la pretención de nulidad y no se “acredita  una efectiva infracción a las reglas de la sana crítica, lo que no ha ocurrido , por lo que el recurso no podrá prosperar”. Esto quiere decir que no se logra fundamentar que el tribunal no haya valorado todas las pruebas, como lo intentaba plantear el Colegio Médico.

La Corte Suprema indicó “que a través del recurso de casación se analiza la legalidad de una sentencia, lo que significa que se realiza un escrutinio respecto de la aplicación correcta de la ley y el derecho, pero los hechos como soberanamente los han dado por probados o sentados los jueces del fondo no pueden modificarse por esta Corte a menos que se haya denunciado y comprobado la efectiva infracción de normas reguladoras del valor legal de la prueba, lo que no es el caso de autos”.

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