«Operación Apocalipsis»: En prisión preventiva quedan imputados por asociación criminal, lavado de activos, cohecho y soborno

30 diciembre, 2025

El Duodécimo Juzgado de Garantía de Santiago dejó este martes sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a 62 civiles y funcionarios de Gendarmería, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de agrupación criminal, lavado de activos, cohecho (simple y agravado) y soborno. Ilícitos perpetrados a partir de 2020 al interior de recintos penitenciarios de la Región Metropolitana.

En la audiencia de formalización el magistrado Francisco Ramos Pazó ordenó el ingreso en prisión de los imputados por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la investigación. Además, fijó en 300 días el plazo de investigación. 

Al resolver la necesidad de cautela, el juez Ramos Pazó sostuvo que: “Es necesario indicar que el peligro para la seguridad de la sociedad no se agota en la evaluación individual del imputado, tal como se dijo, sino que se trata de un juicio normativo y contextual que atiende a la naturaleza de los delitos imputados, su forma de comisión y el impacto institucional de la conducta. La corrupción organizada, al interior de recintos penitenciarios, representa una afectación directa a uno de los núcleos más sensibles del Estado, el control legítimo de la privación de libertad”.

“Cuando quienes están llamados a custodiar el sistema lo utilizan como plataforma de lucro ilícito, el riesgo trasciende al caso individual y adquiere una dimensión estructural. Por ello, las circunstancias personales invocadas por las defensas, arraigo, ausencia de antecedentes, cargas familiares, desvinculación laboral, son elementos ponderables, pero no neutralizan el riesgo que emana de la pertenencia a redes criminales estables con capacidad de coordinación y persistencia en el tiempo. Desde un enfoque de proporcionalidad, entonces, la prisión preventiva aparece como la única medida idónea para resguardar eficazmente los fines del procedimiento”, añadió.

Asimismo, para el tribunal: “Los hechos que se investigan no constituyen desviaciones individuales ni fracciones administrativas aisladas. Se trata de corrupción institucional sistémica, articulada a través de asociaciones criminales que durante años transformaron el sistema penitenciario en un mercado ilícito paralelo. No estamos frente a simples incumplimientos del deber, sino frente a la mercantilización de la función pública, ejecutada por quienes tenían el mandato constitucional de resguardar la seguridad y la legalidad, erosionando el pacto social y la autoridad del Estado, comprometiéndose directamente a la seguridad de la sociedad”.

En dicho contexto, razonó el magistrado: “La prisión preventiva no es una medida excepcional ni simbólica, sino que la respuesta jurídica necesaria frente a organizaciones criminales que durante años transformaron el sistema penitenciario en un mercado ilícito”.

“Es por todas estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 140 letras A, B y C del Código Procesal Penal, se decreta la prisión preventiva de todos los imputados objetos de la solicitud del Ministerio Publico y las querellantes Consejo de Defensa del Estado y Gendarmería de Chile. Dese orden de ingreso en los complejos penitenciarios informados al inicio de esta audiencia con las debidas medidas de seguridad”, ordenó.

En jornadas previas de la audiencia de formalización, que se prolongó por doce días, el tribunal –el sábado 20 de diciembre recién pasado– dictó las cautelares de firma mensual y arraigo nacional de cinco imputados y la prisión preventiva de otros dos, al haber acuerdo de sus defensas.

Estructuras criminales

Según el ente persecutor, desde 2020 y la fecha de detención, los imputados formaron parte de diversas células criminales, constituidas por civiles, internos y funcionarios de Gendarmería de diversos rangos y funciones, con el objetivo de ingresar a los penales Santiago Uno y Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín de diversos artículos prohibidos, tales como celulares, alimentos y vestimentas. Por estos ingresos los integrantes de estas agrupaciones recibieron cuantiosas ganancias.

Asimismo, a través de diligencias de entrada y registro autorizadas por el tribunal, también se encontraron en dependencias de las casas fiscales ubicadas al interior del complejo penitenciario Santiago Uno, cocaína en diversas dosificaciones; y en domicilios de los algunos de los detenidos, armas y municiones no inscritas.    

Además, un grupo de civiles desde el exterior, como internos de los penales, ejecutaron diversos actos delictivos, como soborno y cohecho de los funcionarios de Gendarmería para lograr que estos omitieran su labor de custodia e ingresaran en concomitancia, objetos prohibidos por el régimen carcelario.

Lo anterior se realizaba a través de la coordinación de los denominados “jefes de manilla” y “manilleros”, civiles organizados que recibían una solicitud interna o externa de los penales, para el ingreso de objetos prohibidos; bandas que también promovían de las denominadas “gatitas”, las que, sin enrolamiento, se les permitía el ingreso al penal, para que ejercieran comercio sexual, a cambio de prebendas o de favores sexuales.

Otras formas de obtener dinero, consistía en el denominado “rescate”, que permitía a los gendarmes imputados requisar al interior de los módulos de los penales, elemento prohibido en poder de internos, los cuales revendían el mismo u otro recluso; y el “cambio de camiseta”, que consistía en, previo pago, alterar la clasificación y lugar de internación de reos.

Conforme los imputados fueron aumentando sus patrimonios, ejecutaron diversas acciones de diversificación entre cuentas bancarias, utilizaron testaferros, adquirieron propiedades o vehículos, con el propósito de ocultar el origen ilícito de los ingresos obtenidos, configurando el lavado de activos.

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