Pleno de la Corte Suprema informa funcionamiento ante alerta sanitaria

18 marzo, 2020
El Pleno de la Corte Suprema determinó hoy -18 de marzo- el funcionamiento extraordinario en el marco de la alerta sanitaria producto del coronavirus.
Según el acta 335-2020, la Corte Suprema:
-Conocerá en sala sólo de los asuntos urgentes aludidos en las referidas instrucciones, los que serán determinados por cada sala, disponiendo la conformación de tablas extraordinarias a partir del día lunes 23 de marzo.
-Suspenderá la vista de las causas que no versen sobre los referidos asuntos urgentes, hasta el cese de la situación de emergencia sanitaria.
-Cada sala de la Corte Suprema determinará el día y modalidad de funcionamiento en audiencia y para el conocimiento de las materias en cuenta y previa vista de la causa.
-Suspende las sesiones del Tribunal Pleno por el mes de marzo del presente año, sin perjuicio de las medidas que se adopten para el conocimiento y decisión de los asuntos urgentes que así lo ameriten, las que también podrán ser adoptadas por los Comités de este tribunal en casos urgentes.
Este funcionamiento especial comenzará a regir el próximo lunes 23 de marzo, por lo que las tablas de asuntos urgentes -y los días y formas de audiencias- serán publicadas el viernes 20 de marzo.
El Tribunal Pleno acordó que el presidente de la Corte Suprema estará a cargo de la coordinación de las medidas que el Poder Judicial deberá adoptar para su adecuado funcionamiento, labor en la cual contará con el apoyo de la ministra señora Gloria Ana Chevesich.
La ministra vocera, Gloria Ana Chevesich, destacó que se resolvió, además, que cada Corte de Apelaciones determine el funcionamiento de su jurisdicción, pero enfatizó que la administración de justicia no se paralizará: «Hay derechos fundamentales de las personas que pueden estar siendo amagados, violados o privados, por lo que en esos casos extremos, que esperamos no lleguemos, hay que nombrar tribunales  y  cortes que funcionen en condiciones especiales. El servicio judicial no se puede paralizar e incluso la autoridad militar debe resguardar que los miembros del Poder Judicial que van a cumplir sus valores puedan desempeñarlas conforme a las normas sanitarias que hay que aplicar».
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